La AFIP habilitó la posibilidad de cancelar el Aporte Solidario y Extraordinario a través de un régimen de facilidades de pago. Las personas alcanzadas podrán optar entre el 23 de marzo y el 28 de abril, inclusive, para realizar un anticipo del 20% de la deuda consolidada e ingresar el saldo resultante en cinco pagos mensuales y consecutivos. 

La iniciativa del organismo tiene una tasa de financiación para los contribuyentes que opten por esta vía será la correspondiente a la de los intereses resarcitorios del organismo. La normativa que será publicada en el Boletín Oficial busca contribuir al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.

El “Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia”. El mismo establece un aporte extraordinario y por única vez sobre los patrimonios de las personas humanas que tiene el carácter de emergencia. Quedaron incluidos en el pago las personas humanas residentes en el país y en el exterior con más de $200 millones de patrimonio declarado a fines de 2020.

Los bienes deberán ser valuados según las normas del impuesto sobre los bienes personales, independientemente del tratamiento que revistan los mismos frente al impuesto y sin deducción de mínimo no imponible. El Gobierno promulgó en el boletín oficial el proyecto de ley sancionado por el Congreso el 18 de diciembre del 2020 con la intención de recaudar una suma cercana a los $300.000 millones.