El Gobierno nacional extendió hasta el próximo 31 de diciembre el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), que rige desde hace cinco meses para el pago de salarios de empresas que así lo soliciten, en medio de la pandemia del coronavirus.

La extensión de la medida fue plasmada en el decreto 823/2020, publicado en el Boletín Oficial, donde se advierte que si bien "se observa una recuperación económica", el supuesto repunte evidencia "heterogeneidad sectorial y territorial".

Y agrega: "Resulta pertinente extender la temporalidad de la asistencia", con adecuaciones a las "necesidades imperantes en la actualidad y a los cambios que se han producido y se van produciendo en la realidad económica".

El Programa ATP, creado el 1 de abril de 2020, establece cinco posibles beneficios para las empresas:

Postergación o reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentina.

El salario complementario para trabajadores en relación de dependencia del sector privado. 

Créditos a tasa cero para pequeños contribuyentes y autónomos.

Una suba en las prestaciones por desempleo.

Créditos a tasa subsidiada para empresas.

evidencia "heterogeneidad sectorial y territorial".

Y agrega: "Resulta pertinente extender la temporalidad de la asistencia", con adecuaciones a las "necesidades imperantes en la actualidad y a los cambios que se han producido y se van produciendo en la realidad económica".

El gabinete económico ya había confirmado la semana pasada una nueva etapa del ATP y su continuidad para los sectores críticos a través de pagos de salarios de octubre, eximición de contribuciones patronales y créditos a tasas subsidiadas.

El equipo económico se volvió a reunir en el Palacio de Hacienda, encabezado por el ministro de Economía, Martín Guzmán, para analizar la dinámica económica en el contexto de la pandemia, las medidas económicas en marcha y la situación fiscal, se informó oficialmente tras el encuentro

Tras la reunión, Guzmán dijo que "el ATP ha sido y es una herramienta fundamental para reducir el impacto sobre la actividad productiva, sostener el trabajo y acompañar a las empresas en este duro contexto".

El Programa ATP, creado el 1 de abril de 2020, establece cinco posibles beneficios para las empresas:

📌  Postergación o reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentina.

📌 El salario complementario para trabajadores en relación de dependencia del sector privado. 

📌 Créditos a tasa cero para pequeños contribuyentes y autónomos.

📌 Una suba en las prestaciones por desempleo.

📌 Créditos a tasa subsidiada para empresas.

El nuevo ATP

La última etapa del ATP tuvo cambios, y a partir de la sexta ronda se estableció que el salario neto resulte equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada hasta agosto de 2020.

Además, se ratificó que el Salario Complementario a asignar como beneficio debe resultar equivalente al 50% del salario neto, con lo cual el resultado así obtenido no podrá ser inferior a la suma equivalente a 1,25 salario mínimo vital y móvil ($ 21.093,75) ni superior a la suma equivalente a dos Salarios Mínimos ($ 33.750).

Hace tres semanas, el Gobierno también declaró 15 nuevos sectores como críticos, y los incluyó en el ATP6, de acuerdo con las recomendaciones del Acta 21 del Comité de Evaluación y Monitoreo, que destacó la necesidad de "ampliar la nómina de las actividades que se consideran afectadas en forma crítica".

Entre las quince actividades incorporadas se cuentan los servicios para la aeronavegación; de hangares y estacionamiento de aeronaves; y complementarios para el transporte aéreo, alquileres de automóviles y de equipo de transporte, la elaboración de vinos; la fabricación de accesorios y prendas de vestir de cuero; artículos regionales; marroquinería y paraguas.

El programa de asistencia prevé que aquellos empleadores con una variación nominal negativa en su facturación interanual accedan al salario complementario, equivalente al 50% del salario neto.

Por su parte, las firmas que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un crédito a tasa subsidiada, cuya tasa de interés será en todos los casos del 15%.