El Gobierno estableció hoy un límite a la tasa que cobran las empresas distribuidoras de gas a sus usuarios que entran en mora por las deudas contraídas durante el período de emergencia económica y sanitaria generada por la pandemia.    

Además, obliga a estas empresas ofrecerles a sus clientes un plan de facilidades de pagos de hasta 30 cuotas para saldar las deudas.    

Así lo dispuso el Ministerio de Economía a través de la Resolución 383/2021 publicada en el Boletín Oficial.

La norma establece que las empresas distribuidoras de gas deberán otorgar a sus usuarios “residenciales y no residenciales, planes de facilidades de pago de hasta 30 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, para cancelar las deudas que se hubieren generado" durante la emergencia económica provocada por la pandemia.

La tasa de interés a aplicar en los planes de facilidades destinados a usuarios residenciales "no podrá exceder el 50 % de la tasa pasiva nominal anual para operaciones de depósitos a plazo fijo tradicional a 30 días del Banco Nación del último día del mes anterior al del otorgamiento del plan de pagos.

En el caso de los cliente no residenciales, el interés no podrá superar el 50 % de la tasa activa nominal anual de cartera general a 30 días del Banco Nación.

Esta medida del Gobierno se suma a la que ya había dispuesto para que las empresas servicios públicos no corten o suspendan el servicio, en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas y cuyos vencimientos hubieran operado a partir del 1° de marzo de 2020. La decisión se amplió luego a seis facturas y más tarde a siete.

Sin embargo, la norma advierte que la falta de pago o mora de 3 cuotas consecutivas o 6 alternas, por parte de los usuarios que hayan adherido a un plan de facilidades en los términos previstos en la presente resolución, habilitará a las prestadoras al corte del suministro por falta de pago de facturas por servicio a dichos usuarios".

Este decreto se suma a dos proyectos de ley presentados a mediados de junio por el senador Oscar Parrilli (FpV-Neuquén)  destinados a limitar la tasa de interés que cobran por mora las empresas de servicios públicos, entidades bancarias, tarjetas de crédito, servicios de medicina prepaga y empresas privadas de servicios en general .

En esos casis, la tasa a cobrar debería ser similar a la que cobra el Banco Nación por plazos fijos a 30 días, y además se les obliga a las empresas a que otorguen planes de pago de hasta seis cuotas.

Tampoco las compañías  “podrán imponer cargos extras a las ya elevadas tasas de interés”, como de reconexión o gastos administrativos, “pues en una sociedad democrática no pueden existir actores que se sustraigan de la legislación vigente presionando e imponiendo tarifas y tasas de interés usurarias con el único fin de ver incrementada sus ganancias”, destacó el proyecto presentado por el legislador neuquino.