La Justicia en lo Contencioso Administrativo dictó una “medida interina” -un paso previo a una medida cautelar- que ordena la suspensión de los vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas y el pago de los impuestos a las ganancias y a los Bienes Personales.

El cronograma establecido por la AFIP, iba a comenzar mañana, jueves 23 de junio, y se iba a extender hasta el lunes próximo inclusive.

La decisión fue tomada por el Juzgado Federal Contencioso Administrativo N° 12, a cargo de la jueza Macarena Marra Giménez, en respuesta a una presentación hecha por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el miércoles de la semana pasada. 

El Consejo se hizo eco de los reclamos de miles de contadores que pedían una prórroga para ponerse al día con la cantidad de declaraciones juradas que deben hacer de sus clientes.

Esa entidad ya había presentado ante la AFIP un pedido de prórroga de los vencimientos, dada la demora que, según los profesionales, tuvo la publicación de los aplicativos correspondiente para hacer las declaraciones de estos impuestos. 

Según los contadores, debería darse  hasta, al menos, el 12 de julio, para completar toda la información con el nuevo esquema, y si los aplicativos puestos en la base de datos de la AFIP funcionan bien.

Ante la negativa de la entidad que dirige Marco del Pont, el Consejo se presentó ante la justicia, y ahora la magistrada dio lugar a la suspensión de la fecha límite, aunque no precisó cuándo deberán presentarse.

Si bien el caso fue presentado en la Ciudad de Buenos Aires, se entiende que alcanza a los contadores de todo el país.

Más allá de esto, se espera que en las próximas horas  la AFIP, establezca nuevas fechas de vencimientos, siguiendo los lineamientos de lo reclamado.