Para frenar el aumento acelerado de los contagios en las últimas semanas en todo el país, el Gobierno restringirá desde mañana la circulación nocturna. Aunque restan detalles, el decreto se terminará de redactar esta tarde, será publicado mañana en el Boletín Oficial y regirá desde el momento de su publicación. Lo jurídico, para este caso, tendrá el mismo sustento que al inicio del aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado el pasado 19 de marzo.

Quienes infrinjan el “toque sanitario” podrán ser denunciados ante la Justicia. Habrá controles por parte de las fuerzas de seguridad en la vía pública y la policía estará autorizada a secuestrar vehículos e imponer multas. También se prevén sanciones penales para los incumplidores que están contempladas en los artículos 205 y 239 del Código Penal. Es la misma normativa sobre la que se asentaron los decretos presidenciales del 2020, en los primeros meses de cuarentena.

Ambos artículos se refieren a las responsabilidades por desobedecer una orden desde el Poder Ejecutivo en una situación de emergencia sanitaria. El artículo 205 prevé una pena de seis meses a dos años de prisión “para el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la propagación de una pandemia”, considerado delito contra la salud pública.

En tanto, el artículo 239 establece que “será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”. En este caso, el delito es de resistencia a la autoridad.

El decreto que se promulgará mañana contendrá la reglamentación, que implica que el Poder Judicial pueda abrir causas por incumplimiento o infracción. Lo que ocurrió mayormente en las judicializaciones fue la resolución a través de “probation”, que impidieron que los infractores fueran llevados a juicio a cambio de realizar trabajos comunitarios -o pagar sumas de dinero para donar a instituciones de la salud. En estos casos, el incumplidor evita la condena.

Los automóviles cuyos conductores estén en infracción mientras manejan podrán ser retenidos. En algunas situaciones específicas, como ocurrió en la Provincia de Santa Fe, existieron donaciones de vehículos a instituciones sanitarias como parte de las probation.

Desde mañana a la noche, quienes no estén autorizados para circular en el horario de las restricciones podrán atravesar cualquiera de estos procesos dependiendo el grado de la infracción.