La Justicia porteña condenó a un hombre que ocultó su patrimonio, pese a tener un buen pasar económico, para no cumplir con la cuota alimentaria que le tenía que pasar a su expareja por el hijo en común.

Durante el juicio llevado a cabo, la fiscalía pudo probar que el imputado actuó con malicia con la finalidad de eludir sus obligaciones alimentarias respecto de su hijo desde aproximadamente el año 2014.

 Asimismo, con base en las declaraciones de testigos y las tareas que desarrolló el Cuerpo de Investigaciones Judiciales del Ministerio Público Fiscal de la ciudad de Buenos Aires, se pudo establecer que el hombre cuenta con gran poder económico.

Además se descubrió que traspasó gran parte de su patrimonio a su hija y otras personas para eludir el pago de los deberes alimentarios de su hijo e impedir que la madre obtuviera la cuota que le corresponde acorde a su fortuna.

La Fiscalía PCyF 28, a cargo de Martín Perel, logró la condena de 2 años y 6 meses de prisión en suspenso para es hombre por el delito de insolvencia alimentaria fraudulenta, lo que resultó un fallo novedoso para un caso de violencia de género.

En la sentencia condenatoria, la jueza Cristina Lara, titular del Juzgado PCyF 21, enmarcó las maniobras evasivas para esconder el patrimonio y abultados ingresos como una de las formas que adquiere la violencia de género: violencia económica. 

La condena de 2 años y 6 meses de prisión en suspenso incluye el cumplimiento por el plazo de 3 años de ciertas pautas de conducta, tales como prohibición de contacto y acercamiento a la denunciante, la realización de un taller de género y violencia intrafamiliar y otro taller de vínculos saludables y crianza responsable, y la ejecución de 120 horas de trabajos comunitarios, entre otras obligaciones.