El marido de Carolina Píparo, Juan Ignacio Buzali, continuará detenido. La Cámara de Garantías rechazó la apelación presentada por el defensor Marcelo Peña y mantendrá la carátula de “doble tentativa de homicidio”.

Los jueces Carlos Arguero, Miriam Ermili y Sergio Almeida resolvieron “no hacer lugar al recurso de apelación” y confirmaron la resolución de la jueza de grado, Marcela Garmendia, que dispuso la prisión preventiva por atropellar a dos motociclistas el primero de enero pasado.

La defensa considera que la detención de Buzali es “arbitraria y desproporcionada”. Por ese motivo solicitó la libertad anticipada del imputado.

Los magistrados definieron que el recurso no prospere. En sus fundamentos, el juez Arguero enumera la lista de testigos y sus dichos, para mantener firme la prisión preventiva.

“Ello así, por cuanto de la lectura y análisis de las constancias obrantes en autos, se puede establecer que los elementos de prueba hasta ahora colectados -valorados de manera integral y objetiva a tenor de las previsiones del artículo 210 del ritual-, abastecen de modo suficiente, en el marco de esta incipiente y provisoria etapa preliminar del proceso, las exigencias legales requeridas, para dar sustento convictivo a los extremos que hacen a la materialidad ilícita y autoría “prima facie” de Juan Ignacio Buzali en el hecho ilícito que se le reprocha en estos autos”, sostiene el magistrado.

Además, señala que existen “videos y filmaciones aportados a la causa, que dan cuenta de las distintas secuencias desarrolladas en el trayecto recorrido por los vehículos en el suceso”.

El fallo insiste en que no hubo legítima defensa. “Descartada entonces la existencia del error generador de la presunta legítima defensa putativa, queda desplazado el juicio de evitabilidad de tal yerro, y de sus correspondientes consecuencias punitivas, por lo que no corresponde incursionar en el análisis del tema más allá de las consideraciones expuestas "supra"”, indica el magistrado.

La jueza Ermili adhirió al voto de Arguero con los mismos fundamentos y sentido, mientras que Almeida adhirió en los fundamentos pero no compartió el argumento referido al aspecto subjetivo del ilícito.