El gobierno nacional publicó este jueves en la edición suplementaria del Boletín Oficial la prórroga hasta el 31 de diciembre del 2021 de la emergencia sanitaria. Advierte sobre restricciones en viajes "desde o hacia zonas afectadas de mayor riesgo” y anticipa que definirá cuáles son esas zonas, pero no hay mayores cambios en esa área. Además, el DNU informa que el Ministerio de Salud y el de Desarrollo Productivo podrán fijar precios máximos para los insumos críticos.

Entre los puntos salientes, el DNU señala que el Ministerio de Salud “dará información a la población sobre las ´zonas afectadas´ y las ´zonas afectadas de mayor riesgo´ y sobre la situación epidemiológica, respecto a la propagación, contención, mitigación e inmunización de esta enfermedad”. A la fecha, el Gobierno considera “zonas afectadas” por el Covid-19 a todo el mundo, mientras que define a "zonas afectadas de mayor riesgo" a “aquellas que tienen circulación comunitaria de nuevas variantes de COVID-19 que pueden condicionar la capacidad de respuesta del país y requieren de medidas sanitarias específicas”.

Según lo dispuesto por el DNU, para aquellos que regresen de los países “de mayor riesgo deberán informar sobre su itinerario, declarar su domicilio y someterse a un examen de salud lo menos invasivo posible”. Además, “deberán contar con constancia de test- RT-PCR no detectable para Covid-19 de no más de 72 horas previas al embarque". No obstante, Nación delega en las provincias la posibilidad de decidir mayores restricciones. 

Otro destacado del decreto es que los ministerios de Salud y de Desarrollo Productivo "podrán fijar precios máximos para los insumos críticos, definidos como tales. Asimismo, podrán adoptar las medidas necesarias para prevenir su desabastecimiento".