El Sanatorio Otamendi emitió un comunicado donde explica que el fallo judicial “obligó” a que se administre dióxido de cloro al un paciente internado. La institución aseguró que Oscar García Rúa “no presentó ninguna mejora clínica en las horas subsiguientes”, tras la provisión de la sustancia por el médico tratante, Dr. Dante Converti.

“El día 7 de Enero de 2021 el Sanatorio Otamendi fue notificado del dictado de una medida cautelar por un juez federal por la cual se nos ordenó garantizar, a un paciente de 92 años internado en nuestra institución por neumonía grave covid 19, la implementación de los tratamientos prescriptos por un médico allegado a la familia del mismo. Estos tratamientos consistían en la aplicación de ibuprofeno de sodio inhalatorio y el suministro de CDS (dióxido de cloro) por vía endovenosa”, explica la dirección médica en el comunicado.

La aplicaciones debía realizarlas médico prescriptor, “quién no forma parte de los equipos médicos de nuestra institución, y bajo su exclusiva responsabilidad”. Previamente, el paciente “recibía el tratamiento correspondiente a su cuadro clínico” y estuvo controlado por el personal del establecimiento.

“El Sanatorio Otamendi acató inmediatamente la orden judicial, sin perjuicio de haber interpuesto los recursos legales correspondientes por tratarse de compuestos cuya utilización en pacientes covid positivos fue enfáticamente desaconsejada por la Organización Panamericana de la Salud, la ANMAT, la Sociedad Argentina de Infectología, y tantas otras instituciones y asociaciones científicas a nivel local e internacional”, explicaron desde la institución.

Además, aclararon que los compuestos fueron administrados únicamente por “el médico tratante, cuya especialidad no está relacionada con la materia” y que “el paciente no presentó ninguna mejora clínica en las horas subsiguientes”.

“Su estado general se agravó en la mañana del día 11 de Enero, procediéndose a su traslado al área de terapia intensiva, donde falleció horas más tarde, informó el Otamendi.