“Mi condición de católico y respetuoso de la vida humana no resulta óbice para la intervención del Suscripto en los presentes actuados.” Así comienza la cautelar que dictó hoy el juez federal de Mar del Plata Alfredo López donde consideró inaplicable la ley de interrupción voluntaria del embarazo, sancionada por el Congreso Nacional en diciembre del año pasado.

El juez López ordenó una “medida cautelar de no innovar” por lo que decretó la inaplicabilidad de la ley 27.610 y le ordenó al Estado Nacional la suspensión no solo de la normativa sino también de todos los protocolos y resoluciones relacionadas “hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”, es decir, si la ley es inconstitucional o no, como reclamó el abogado Héctor Seri, que fue quién presentó el escrito en contra de la IVE.

La cautelar, de acuerdo a lo que dijo el magistrado marplatense, se tomó “ante la gravedad y urgencia en proteger el derecho a la vida de las personas por nacer”. En su fallo, citó la ley de “Protección integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes” como argumento para sostener que se deben proteger los derechos fundamentales y humanos de las niñas, niños y adolescentes”.

Señaló también que en este caso el peligro en la demora, que se configura porque un número imponderable de niñas y niños por nacer pueden sufrir su muerte desde este mismo momento y la sentencia definitiva que se dicte en la presente acción no podrá remediar su situación en virtud del tiempo transcurrido en la sustanciación del caso de autos, es decir, el peligro se configura porque podrían verse frustrados los derechos invocados por el accionante por el transcurso del tiempo”.

En líneas generales, el juez dijo que hay un conflicto entre la ley, la Constitución Nacional y los tratados internacionales y sostuvo que esto afecta y pone en peligro “la vida, dignidad y derecho del niño por nacer, como de su madre gestante”.

Incluso dentro de la resolución, al momento de justificar por qué este abogado que hizo la presentación está legitimado para hacerla, puso de ejemplo al “derecho animal”, ya que en ese caso “cualquier ciudadano común se encuentra legitimado para efectuar la denuncia penal pertinente” ante un maltrato. 

“He de tener en cuenta que si en lo que refiere a la consideración del animal que debe hacer el ordenamiento jurídico para decidir si debe ser considerado sujeto de derecho y merecer la tutela estatal como tal o continuar con la conceptualización como cosa, tanto más estimo, debe tenerse en cuenta lo normado por la “Ley de Protección integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes” ley Nº. 26.061, en cuanto esta norma instituye de modo expreso en su artículo 1ro., una acción idónea respecto de la defensa de los derechos fundamentales y humanos de las niñas, niños y adolescentes”, reflexionó el juez López.

Un juez con polémicas

López tuvo varios encontronazos a lo largo de su carrera judicial, en los cuales tildó de “mafia judicial” a la agrupación Justicia Legítima y también denunció a los fiscales que cumplían funciones en Mar del Plata. El magistrado suele criticar al oficialismo y al peronismo en general en su cuenta de Twitter y se muestra totalmente en contra del aborto por su fe católica.

En 2019, había rechazado un amparo presentado por una pareja de mujeres a la cual su obra social le había negado la cobertura del procedimiento de fertilización asistida con donación de gametos.

Hace algunos días, López decidió otorgarle una cautelar para que un hombre no pague por ahora y para que la AFIP no pueda iniciarle ningún proceso en su contra. “Si se analiza el Impuesto sobre los Bienes Personales que grava la misma capacidad contributiva, la alícuota efectiva sobre la renta del año 2020 es mayor”, sostuvo.