Un nene pierde a su mamá. La persona que creía su papá y que lo cuidó durante sus primeros años de vida, no era biológicamente su progenitor. El padre “de sangre” inicia una demanda para que ese niño sea reconocido como su hijo. El caso le llegó a la jueza Ana María Carriquiry, del juzgado de Familia Nº 2 de Orán de Salta. La cuestión era compleja: ¿quién debía o tenía que ocuparse de la crianza de ese chico?

A pesar de la situación, ambos hombres se pusieron de acuerdo: los dos consideraron que lo realmente importante era el bienestar de ese nene. “Pocas veces se ven, en los Tribunales de Familia, personas con tanta madurez emocional, con herramientas para prohijar, con ganas de resolver el conflicto de una manera que beneficie el interés de ‘P’. Ellos debieron dejar de lado el orgullo, las susceptibilidades y mirar hacia el futuro de ‘P’ que es lo más importante”, dijo la jueza Carriquiry.

Para resolver la cuestión y que ambos puedan ser padres del nene, la magistrada convalidó “la triple filiación”, tal como lo habían reclamado esos padres. “¿Cómo desplazar a ese padre que amó y cuidó a P. durante estos dos años de vida?”, se preguntó la jueza en su resolución. “Como se dijo en audiencia, aquí no se trata de desplazar a nadie, sino de multiplicar los afectos, en clave de derechos humanos”, se respondió.

El fallo se hizo viral esta semana porque incluye una carta para ese nene, redactada de forma tal que pueda entender la decisión y con una frase que Albus Dumbledore le dijo a Harry Potter. “Un amor tan poderoso como el que tu madre tuvo por tí es algo que deja marcas. No una cicatriz, ni algún otro signo visible… el haber sido amado tan profundamente, aunque esa persona que nos amó no esté, brinda una protección que dura para siempre”, citó.

“Además de tu mamá, tenés dos papás. ¿Cómo puede ser posible esto? También por amor. Los dos te aman por igual y son tus papás. Uno de ellos es tu papá genético, biológico. El otro papá es el que se ocupó de vos durante tus primeros años de vida en forma exclusiva. Lo único que hice fue reconocer el derecho que tenés a tener dos papás que te críen, te cuiden. Porque en definitiva lo único que interesa es multiplicar amor. Espero que seas muy feliz y estés siempre orgulloso de tu mamá y de los papás que la vida te dio”, marcó la jueza.

¿Qué tiene que ver el Consejo de la Magistratura con esta historia? Si bien este fallo es de la justicia provincial de Salta, si el objetivo es que a nivel nacional y federal haya buenos jueces y juezas, es clave que el Consejo realmente funcione. Que no sea simplemente una caja de resonancia de política, el eje de disputa de poder entre oficialismo y oposición.

¿Cómo se eligen los jueces y juezas que van a intervenir en casos de lesa humanidad, en trata de personas? ¿Cómo se evalúa a aquellos/as que quieren resolver los problemas laborales o civiles? El Consejo es importante no por una silla ocupada por un senador o diputado de algún partido sino por la tarea que debe abordar. Un concurso donde haya paridad de género, donde se haga foco en la labor judicial y en las respuestas que tengan en los exámenes de resolución de casos aquellos y aquellas que quieran ingresar al sistema.

El Consejo de la Magistratura fue cuestionado durante muchos años. Es un órgano político y está compuesto por representantes de jueces/zas, abogadas/os e integrantes del mundo académico. Su carácter político es lo que lo ha convertido en un botín de guerra entre oficialismo y oposición: a nadie le importan los concursos ni tampoco los procesos disciplinarios contra aquellos magistrados/as que están sospechados de mal desempeño.

Sin caer en ingenuidades, si la política atraviesa cada uno de los actos de los poderes del Estado, ¿por qué no puede convertirse en política de Estado, más allá de lo partidario, un buen funcionamiento del Consejo? ¿Por qué está en un puesto menor el hecho de evaluar a aquella persona que va a decidir sobre un despido injusto en la Ciudad de Buenos Aires o un reclamo de un jubilado?

En septiembre de 2020, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº8 de la Ciudad (la denominada justicia laboral) condenó a un hombre a 35 años de prisión por homicidio y también por el abuso sexual de su hermanastra, a la que atacó en varias oportunidades de manera muy violenta y desde que era una nena. Como consecuencia de esos abusos, la por entonces adolescente quedó embarazada. En ese marco, se le realizó una interrupción legal del embarazo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 86 del Código Penal (que considera no punibles los abortos en caso de abuso sexual) y con el lineamiento que la Corte Suprema de Justicia estableció en su fallo F.A.L. de 2012.

No obstante, al momento de condenar al hombre, el juez Javier Anzoategui consideró que debía investigarse como “homicidio o un homicidio prenatal” el procedimiento legal que interrumpió el embarazo. Según dijo, la interpretación que se hace sobre el artículo 86, inciso 2 del Código Penal; lo que surge del fallo F.A.L. de la Corte; y los protocolos de actuación ante casos de aborto “son violatorios de la Constitución Nacional, de la Convención sobre los Derechos del Niño y de la ley 26.061”. El magistrado Luis María Rizzi adhirió a esa postura. Ambos trataron de “sicarios y asesinos a sueldo” a los médicos que realizaron el aborto.

Si bien la denuncia penal fue desestimada, el proceso disciplinario en el Consejo contra ambos sigue. Y quienes siguen en sus puestos, a pesar de haber actuado con un claro desconocimiento del derecho y de haber llevado una práctica totalmente revictimizante son los dos magistrados. Que el Consejo se encuentre paralizado entre internas lleva a que jueces cuya conducta debe revisarse no tengan ninguna consecuencia. Si desde ambos lados de la grieta se habla de una reforma judicial, de un sistema independiente, ¿por qué a nadie le importa cómo funciona el Consejo de la Magistratura?