Desde el momento en que Alberto Fernández anunció que por dos semanas las clases en los tres niveles se dictarían de forma virtual ante la suba de casos de coronavirus, la discusión pasó a ser si existiría un nuevo conflicto judicial entre Nación y Ciudad de Buenos Aires. En la conferencia de prensa que realizó Horacio Rodriguez Larreta, la estrategia se confirmó: un amparo ante la Corte Suprema para frenar la decisión del Presidente. 

¿Mantendrá el jefe de gobierno su idea de ir al Máximo Tribunal después de la reunión con Alberto este viernes? Más allá de la pregunta, el panorama sobre la pronta resolución del conflicto parece remota: el reloj no lo ayuda y en los despachos de Uspallata lo saben. La celeridad que intentaron imprimirle al otro gran conflicto que mantienen con Nación es la prueba: recién esta semana la Corte llamó a una audiencia conciliatoria entre ambos Estados, cuando pasaron ya siete meses de la presentación.

¿Qué alcances podría tener un amparo de estas características? Si bien hay líneas y estrategias dibujadas, también será importante conocer el detalle del decreto de necesidad y urgencia nacional.

En el entorno del Ejecutivo porteño son escépticos pero sostienen que hay elementos para sustentar un expediente judicial. Marcan que el “cierre de escuelas” (o el cambio de modalidad en la cursada) es cuestión de competencias de la Ciudad y que no puede avanzarse sobre eso teniendo en cuenta el carácter federal de nuestro país. 

Apuestan entonces a que se configure un fallo (quizás una medida cautelar) que pondere la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires lo más pronto posible. Aquí la discusión jurídica se torna aún más compleja: si bien la ciudad es autónoma, no tiene el mismo “status” que una provincia. “Consecuencias del híbrido que es la Ciudad Autónoma desde 1994”, señalan desde tribunales.

El otro punto en cuestión reside en las competencias: el funcionamiento de escuelas, el horario de apertura y cierre de locales comerciales es claramente una atribución de la Ciudad. ¿Puede versar un DNU nacional sobre este tipo de cuestiones? ¿Alcanza con los argumentos de emergencia y pandemia?

Del otro lado de la cuestión, sostienen desde el principio que los decretos por razones de necesidad y urgencia son potestad presidencial y configuran, a los fines prácticos, legislación. O sea, si bien no son una ley (básicamente porque el Presidente no puede legislar), si tienen efectos similares.

De allí parte la premisa: cuestión nacional “le gana” a cualquier disposición provincial/municipal. Si bien es cierto que los DNU deben pasar por el Congreso (con el rechazo de ambas Cámaras quedan derogados), hasta que no haya una definición en ese sentido o una resolución, deben cumplirse.

A las intenciones de Rodriguez Larreta de cuestionar judicialmente el DNU deben sumarse las declaraciones de los intendentes opositores. Jorge Macri, por ejemplo, adelantó que lo hará a través de un amparo. Consultados ayer por Data Clave, desde el municipio de Lanús (que gobierna el macrista Néstor Grindetti) señalaron que están viendo qué posibilidades hay pero que “no lo tienen muy claro”.

Ante situaciones políticamente complejas, la Corte suele “salir por arriba”: la estrategia de los cinco integrantes suele unificarse bajo la postura de esperar que baje la espuma e ir analizando si es realmente un conflicto digno de un fallo judicial o si es la forma de “descargar frustraciones” que tiene la política cuando no le encuentra solución a los conflictos.