La Cámara Federal de Casación revocó parcialmente una medida cautelar que le impedía al grupo Vicentin S.A.I.C. modificar la composición accionaria y la situación económico-financiera de las 21 empresas que lo integran.

Se trata de una causa por supuesto “lavado de dinero” en la que el juez federal de Reconquista, Aldo Alurralde, dispuso el 15 de diciembre de 2020 una cautelar donde prohibió provisoriamente al grupo Vicentin “cualquier modificación de carácter económico y patrimonial en las empresas que la conforman”.

Tras analizar el recurso de apelación interpuesto por los abogados de Vicentin, el Tribunal integrado por Ángela Ledesma, Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques consideró que "en función del prolongado tiempo transcurrido desde el dictado de la medida de no innovar, el análisis de dicha circunstancia, su actualización y adecuado debate deberán ser abordadas en la instancia de origen donde el juez permita a la parte afectada realizar las alegaciones, presentar las pruebas y formular las refutaciones que considere pertinentes”.

Al respecto, los camaristas explicaron que “la medida cautelar fue impuesta sin que el juez estableciera un plazo de duración, mientras que la norma procesal, por otro lado, establece que su caducidad se produce cuando no se hubiere interpuesto la demanda, que en este caso propio del ámbito penal, ese momento debe ser equiparado a la formulación del requerimiento de elevación a juicio”.

Por lo tanto, “hoy por hoy, la decisión del caso debe enfocarse en el transcurso del tiempo y si persisten los motivos que fundaron su dictado. La medida fue ordenada sin plazo, y subsiste luego de haber transcurrido más de un año y medio desde su dictado”, argumentaron los magistrados en el fallo al que tuvo acceso Data Clave.

De esta manera, Casación hizo lugar al recurso deducido por la defensa particular de Vicentin SAIC y remitió las actuaciones al juzgado de origen para que, previa audiencia contradictoria con la intervención de las partes, se dicte un nuevo pronunciamiento.