“No existe base legal para atribuir al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la potestad de revisar una sentencia dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil con asiento en esta ciudad”. Con un lenguaje totalmente técnico, el procurador general interino Eduardo Casal cuestionó al Tribunal Superior de Justicia porteño, que sostiene que puede meterse en los expedientes civiles, comerciales, laborales y penales como instancia revisora. Eso fue lo que sucedió la semana pasada cuando tres jueces de “la Corte porteña” se metieron en la causa Correo Argentina, que involucra a la familia de Mauricio Macri.

El expediente donde el procurador Casal intervino involucra al periodista Gabriel Levinas, condenado en una causa civil a rendir cuentas, en forma documentada, de la gestión realizada en el marco de un contrato de mandato otorgado por León Ferrari para la exhibición y venta de obras de arte.

Esa condena fue confirmada por la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que le impuso el pago de 88 mil dólares más intereses desde el 2 de noviembre de 2010 “a una tasa pura del 6% anual”.

Levinas llevó el caso no a la Corte sino al TSJ porteño a través de un recurso de inconstitucionalidad, algo que no está estipulado en el Código Civil y Comercial de la Nación. Los jueces de la Ciudad le otorgaron el recurso y “retaron” a la Cámara, que rechazó en octubre del año pasado la intervención. “La decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no tiene sustento legal e implica crear pretorianamente un procedimiento de revisión que invade el ámbito propio del Poder Legislativo Nacional y desconoce la normativa vigente”, dijeron los jueces civiles. En marzo de este año, el TSJ redobló la apuesta y pidió que la Corte resuelva el pleito.

En ese marco, llegó la opinión del procurador Casal. “La admisión de una vía recursiva ante un tribunal local contra las decisiones dictadas por jueces que integran la justicia nacional ordinaria modifica la estructura del Poder Judicial de la Nación”, explicó el procurador. 

“Estimo que la atribución judicial al tribunal superior local de la facultad de revisión de las sentencias de las cámaras nacionales de apelación representa una transferencia de competencias jurisdiccionales a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que, en principio, sólo podría ser efectuada por el Congreso de la Nación”, señaló.

En otras palabras, el procurador sostuvo que si bien hay un traspaso de la justicia nacional en marcha, eso no significa que el TSJ pueda meterse “de prepo” como instancia revisora de procesos que le son ajenos, como el caso Levinas, muy similar a como fue su actuación en el caso Correo.

“Opino que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no tiene competencia para revisar la sentencia dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil”, cerró Casal. 

Ahora, la pelota quedó en manos de los jueces de la Corte Suprema, en medio de un creciente malestar en Tribunales al respecto de la actuación de los porteños. Este lunes, la lista “Celeste” de la Asociación de Magistrados apuntó directamente contra los jueces del Tribunal Superior Porteño y consideró que su intervención podría ser incluso “una conducta de naturaleza delictiva”.