El Gobierno nacional autorizó a las empresas de medicina prepaga a implementar aumentos durante los meses de mayo, junio y julio, siendo el primero con una actualización del 8% y los otros dos de 10% y 4% adicionales y acumulativos.

La Resolución 867/2022, tomada a través del Ministerio de Salud y publicada en el Boletín Oficial, habilita a "aumentos generales, complementarios y acumulativos de aquel que ha sido aprobado para el mes de abril de 2022, mediante la resolución del Ministerio de Salud 459/2022".

En ese entonces, bajo la firma de Carla Vizzotti, el Gobierno autorizaba a todas las Entidades de Medicina Prepaga inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) a los mismos aumentos para los meses de enero, marzo y abril.

En ese entonces, eran de un 6% para el 1° de marzo de 2022 y del mismo monto para este mes. En tanto, la nueva publicación autoriza a hacer una actualización del 8% a partir del 1° de mayo, de hasta 10% adicional y acumulativo a partir del 1° de junio y otro 4% adicional y acumulativo para julio del mismo año.

A su vez, la Resolución menciona en su artículo 2 que "los aumentos autorizados en el artículo precedente podrán percibirse una vez cumplida la notificación prevista en el Decreto Nº 1993/2011, artículo 5°, inciso g (modificado por el Decreto Nº 66/2019), respecto de cada aumento mensual que se determine".

En ese marco, el Gobierno advierte que "las entidades deberán, una vez autorizados los aumentos, informar a los usuarios los incrementos que se registrarán en el monto de las cuotas con una antelación no inferior a los TREINTA (30) días corridos, contados a partir de la fecha en que la nueva cuota comenzará a regir, entendiéndose cumplimentado el referido deber de información con la notificación incorporada en la factura del mes precedente y/o carta informativa".

Por último, el ministerio de Salud sostiene que estas actualizaciones, que son "a fin de contar con una referencia para la autorización de aumentos a partir del mes de agosto de 2022", se consideran oportunas para "construir un índice en el que se reflejen adecuadamente las variaciones en la estructura de costos y determine los límites máximos de aumento que podrán aplicarse en forma periódica por las entidades del sector".