Tras reunirse nuevamente con el gabinete y conversar con gobernadores, el presidente Alberto Fernández resolvió extender el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) hasta el 28 de febrero. El decreto se publicó este sábado en el Boletín Oficial y reemplaza la vigencia de la actual prórroga que vence este lunes. Insiste en que la vuelta a las clases depende de cada jurisdicción de acuerdo a la situación epidemiológica. 

Todas las jurisdicciones del país se encuentran bajo el DISPO, así lo establece el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que el Boletín Oficial publicará en las próximas horas, y que estará vigente hasta el 28 de febrero. Aclara que se mantiene la libre circulación por todo el territorio del país y que “los gobernadores y el jefe de gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, podrán reglamentarla estableciendo días, horas y zonas por razones epidemiológicas”.

Respecto a la vuelta a clases, uno de los puntos que generaba expectativas, el Gobierno Nacional delegó la responsabilidad en las provincias y la ciudad de Buenos Aires: cada jurisdicción “decide la efectiva reanudación y, eventualmente, su suspensión de acuerdo con la situación epidemiológica”. Las clases y actividades educativas no escolares presenciales se podrán reanudar “según los parámetros definidos por el Consejo Federal de Educación”, agrega el decreto.

Además, el Gobierno señala que “en aquellos casos en que resulte necesario disminuir la circulación de personas a fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2, se deberán implementar políticas sanitarias que prioricen el funcionamiento de los establecimientos educativos con modalidades presenciales”. Mientras que aclara que docentes y personal no docente, alumnos y sus acompañantes “quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de pasajeros”. Deberán, no obstante, tramitar el Certificado Único Habitante de Circulación.