La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a diez años de prisión del empresario Lázaro Báez, junto a sus hijos varones, empresarios y allegados, en la causa conocida mediáticamente como “ruta del dinero k”, por haber armado una estructura jurídica, bancaria y financiera para lavar más de 55 millones de dólares entre 2010 y 2013 que provenían de facturación ilegal, en el marco de un expediente que incluyó multas y decomisos sin precedentes y que cobró impulso en 2016 por las imágenes de varios de sus protagonistas contando plata en la cueva bautizada “La Rosadita” de Puerto Madero.

El fallo que validó las condenas fue firmado por los ministros de la Corte Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Mariano Lozano -juez de la Cámara Federal de General Roca- y Luis Ramón González -juez de la Cámara Federal de Corrientes-, quienes habían sido convocados por sorteo a intervenir. Los cuatro entendieron que el planteo de las defensas era “inadmisible” por aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. El ministro Carlos Rosenkrantz, en tanto, opinó en minoría por darle intervención a la Procuración General de la Nación para que dictaminara sobre los argumentos de las defensas.

Con la decisión de la Corte en la causa principal, el Tribunal Oral Federal 4 deberá computar la pena para aquellos que ya estuvieron un tiempo en prisión y evaluar si deben volver a ser arrestados; ordenar detenciones para quienes permanecieron durante el proceso en libertad y recibieron una pena superior a los tres años, previo análisis de sus cuadros de salud; y disponer las pautas de cumplimiento de la sentencia para aquellos cuya pena quedó en suspenso.

El fallo dispone la condena a diez años para Lázaro Antonio Báez, seis años y seis meses para Martín Antonio Báez, seis años para Jorge Oscar Chueco y Rodolfo Daniel Pérez Gadín, cinco años para Julio Enrique Mendoza, tres años y seis meses para Jorge Leonardo Fariña, cuatro  años y seis meses para Juan Alberto De Rasis, César Gustavo Fernández, Fabián Virgilio Rossi, Eduardo Guillermo Castro, tres años de ejecución en suspenso para Federico Elaskar, Claudio Fernando Bustos, Alejandro Ons Costa, Martín Andrés Eraso y Leandro Antonio Báez, y dos años y seis meses para Walter Feliciano Zanzot. También se ratificaron las condenas de Carlos Juan Molinari a tres años y seis meses, y de Daniel Alejandro Bryn a dos años de prisión, Asimismo, se confirmaron multas que oscilan entre seis y dos veces el monto de las operaciones (de U$D 109.600.000 a U$D 328.800.000) y el decomiso de activos por valor equivalente a 65 millones de dólares.

El caso

La causa comenzó en 2013 luego de un informe periodístico en el programa PPT de Jorge Lanata en donde se aseguraba que el empresario Lázaro Báez, amigo de Néstor Kirchner y uno de los principales proveedores de la obra pública en la provincia de Santa Cruz, había sacado del país 55 millones de dólares con maniobras financieras a cuentas en Suiza. El programa incluyó las declaraciones de Federico Elaskar y de Leonardo Fariña, en una cámara oculta.

Tres años después, la causa se reactivaría con la difusión de un video en la financiera SGI, de Elaskar, conocida como “La Rosadita”, en donde se veía al hijo de Lázaro Báez contando billetes. El juez Casanello ordenó en abril del 2016 la detención de Lázaro Báez y de su contador Daniel Pérez Gadín por temor a que fugara. En aquel momento también fue arrestado el abogado Jorge Chueco, cuando huyó hacia Paraguay. Más tarde avanzarían las indagatorias de más sospechosos.

La instrucción determinó que existió una organización criminal que entre los meses de diciembre del 2010 y abril del 2013 realizó maniobras de lavado de dinero implicados principalmente del manejo de la empresa Austral Construcciones que dirigía Lázaro Báez, a través de la financiera SGI mediante un entramado que funcionó en el país y en el exterior y que logró la expatriación de fondos de origen ilícito y su posterior reingreso por un total de USD 54.872.866,69.

El juicio oral se sustanció entre 2018 y 2021. El 26 de febrero de 2021, el Tribunal Oral Federal 4, a cargo de los jueces Néstor Costabel, Adriana Palliotti y Gabriela López Iñiguez, decidió por mayoría condenar a Lázaro Báez a la pena de doce años de prisión por lavado de activos agravado. También recibieron penas otras 21 personas. Entre ellas los cuatro hijos del empresario -Martín, Leandro, Melina y Luciana-, Pérez Gadín, el abogado Jorge Chueco, Elaskar, y el arrepentido del caso, Leonardo Fariña.

Además del capítulo conocido como “La Rosadita, el tribunal entendió acreditadas maniobras de lavado independientes, como las compras de un campo en la Provincia de Mendoza (estancia “El Carrizalejo”) y de un departamento en la Ciudad de Buenos Aires (situado por calle Av. Del Libertador) por Jorge Leonardo Fariña, como así también el pago de los gastos de la fiesta de casamiento de Fariña y la modelo Karina Jelinek y la adquisición de diversos autos de lujo (Ferrari California, BMW X6 y Audi R8 Syder) con la intervención de Carlos Juan Molinari y Daniel Alejandro Bryn.

El TOF, por mayoría, estableció que el delito precedente en el lavado de dinero había sido la evasión fiscal e impositiva, a través del uso de facturas truchas, y la defraudación al Estado a través del direccionamiento de contratos de la obra pública en favor de Lázaro Báez.

Las defensas apelaron y el 28 de febrero del 2023 la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, con la intervención de los jueces Mariano Borinsky, Angela Ledesma y Javier Carbajo, confirmaron la mayoría de las condenas, pero bajaron los montos de las penas. Las hijas de Lázaro Báez fueron absueltas por entender que no tuvieron ninguna intervención en la maniobra principal y que no se ocupaban los negocios de la familia. Por mayoría, además, Casación determinó que el lavado de dinero había tenido origen en la evasión, pero no dieron por comprobada la vinculación con obra pública.

“Quedó acreditado que el dueño del capital no declarado, que fue depositado a nombre de otras personas y, luego de la circulación propia de esta modalidad delictiva, ingresado en la cuenta de Austral Construcciones, siempre fue Lázaro Antonio Báez”, sostuvo la Cámara de Casación.

Contra esa decisión, las defensas de Lázaro Báez, Martín Báez, Pérez Gadín, Chueco, Gustavo Fernández, Julio Mendoza, Walter Zanzot, Claudio Bustos, Juan De Rasis, Castro, Fabián Rossi, Molinari y Eraso buscaron que la Corte Suprema revisara la resolución y llegaron en queja al máximo tribunal. Hoy, la Corte Suprema resolvió que los planteos eran inadmisibles.