La jueza en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Ana Paola Cabezas Cescato, resolvió hoy dejar sin efecto la audiencia a la que habían sido convocados para este miércoles los ministros porteños de Salud, Fernán Quirós, y de Educación, Soledad Acuña, para brindar detalles del plan de testeos de coronavirus que sería llevado adelante por el distrito para avanzar en el plan de retorno presencial a las aulas.

Además, en el fallo la magistrada ordenó el archivo de la causa, iniciada a fines de enero por el trabajador municipal Carlos Luis Elías, en la cual se pedían informes al Gobierno porteño sobre el esquema de testeos de coronavirus a docentes previo al inicio de clases en el distrito.

En principio, ese expediente había estado en manos del juez Roberto Gallardo, pero luego fue desplazado y quedó en manos de Cabezas Cescato hasta que se resolviera el planteo de recusación realizado por el Gobierno porteño.

En el día de hoy, hubo dos novedades judiciales en relación al tema clases en el distrito: por un lado, la Cámara en lo Contencioso Administrativo resolvió rechazar la recusación al juez original, Roberto Gallardo, que había planteado el Gobierno de la Ciudad, y le devolvió las actuaciones. Por otro lado, la jueza en la cual había recaído la causa mientras se sustanciaba la recusación, Ana Paola Cabezas Cescato, dispuso archivar la causa.

En la parte resolutiva de su fallo, al que accedió Télam, la magistrada declara "abstracta la presente acción de amparo y, en consecuencia, dejar sin efecto la audiencia prevista para el 10 de febrero de 2021 y ordenar el archivo de las presentes actuaciones. Sin imposición de costas en virtud de que no ha mediado contradicción y del principio de gratuidad que rige a la acción de amparo".

En su resolución, la magistrada opinó que, "si la pretensión original consistía estrictamente en que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires informara sobre la existencia o no de un protocolo de testeos Covid-19, la respuesta ya se encuentra agregada al expediente".

"El objeto de este amparo se limitaba a la comprobación de la existencia de un protocolo de testeos y, llegado el caso de que no existiera, a que se supliera esa omisión. Nada más", afirma la jueza al archivar la causa.

Al justificar su decisión de anular la audiencia que había sido convocada por Gallardo para el 10 de febrero, la jueza indicó que "las aclaraciones y precisiones que podrían formular los ministros de las áreas de salud y educación, si bien impactan como algo atractivo desde el punto de vista del interés público, nada podrían aportarle a la resolución del caso traído a estudio".

"Entiendo que el objeto de este amparo se encuentra cumplido y por lo tanto la cuestión ha devenido abstracta", concluye la magistrada.