A pesar de la opinión de la fiscalía y del pedido de la defensa, el Tribunal Oral Federal 4 decidió mantener la caución de 632 millones de pesos que le impuso a Lázaro Báez como condición para salir de la prisión. La defensa había reclamado por el monto impuesto y había señalado que no era posible cumplir con esa exigencia ya que Lázaro tiene sus bienes embargados en las causas judiciales donde es investigado. 

El valor establecido surge de una diferencia entre el dinero que existía en una cuenta y lo que pudo efectivamente ser embargado. Así, lo que supuestamente faltaría son 5.500.000 de dólares. Para el fiscal, la conversión a pesos debía hacerse con el tipo de cambio oficial.

El Tribunal tuvo otra opinión y sostuvo que “en la actual vida económica de nuestro país no existe una única conversión del peso argentino con relación a la moneda estadounidense”. En la resolución, incluso enumeró la cantidad de tipos de dólar: “dólar oficial, dólar minorista, dólar Banco Nación, dólar BCRA., dólar mayorista o intercambiario, dólar financiero, dólar MEP o dólar Bolsa, dólar turista o tarjeta”.

Por eso, los jueces Néstor Costabel, Daniel Obligado y Jorge Gorini concluyeron que la cotización que mejor se adaptaba a las circunstancias era la del dólar MEP (Medio Electrónico de Pagos). Casi al mismo tiempo en que se conocía el fallo, la defensa presentaba un escrito reclamando la pronta resolución de esta situación.

Con este fallo, Lázaro continuará detenido por esta imposibilidad de cumplir con la caución millonaria. La defensa irá otra vez a Casación para buscar una respuesta favorable o más cercana a su pretensión. Por lo pronto, el empresario lleva cuatro años y tres meses en prisión preventiva y ya pasaron casi diez días desde el fallo que lo acercó a su salida de la prisión.