La empresa Hidden Lake S.A, perteneciente al empresario británico Joseph Lewis deberá abonarle más de 9 millones de pesos como indemnización a un encargado de campo y petisero que trabajó dos décadas y padeció descuentos indebidos, despido injustificado y actitudes de persecución laboral.

Según se desprende del fallo que al tuvo acceso Data Clave, el trabajador comenzó a trabajar para la empresa en 2001 en Lago Escondido y sus funciones principales eran herrar los caballos, limpiar los boxes donde  duermen, preparar sus lugares de dormir, cepillarlos, bañarlos, darles comida, pastos, agua y todos los cuidados que requiera su bienestar. 

Asimismo, en el marco de las tareas, debía andar los caballos y amansarlos para el momento en que la gente que iba de visita al predio pudiera montarlos. En temporada baja sin turismo, el trabajador se dedicaba al arreglo cercos, desmalezaba, repasaba las picadas y otras tareas de mantenimiento. 

Lewis perdió un juicio por persecución laboral y despido injustificado en Lago Escondido

A partir del 2008 pasó a cumplir funciones de encargado, por lo que a sus tareas habituales se agregó la guía de cabalgatas y el fin de la relación laboral se produjo cuando en el mes de agosto del 2020, el trabajador intimó a que le paguen horas extras y se le reintegren las sumas descontadas, además de solicitar que cese la persecución de que estaba siendo objeto, bajo apercibimiento de considerarse despedido. 

Para decidir, la Cámara Laboral de Bariloche, integrada por Juan Alberto Lagomarsino, Rubén Marigo y Marina Venerandi, ponderó testimonios de compañeros de trabajo del peón que aseguraron que "comenzaba su jornada a las 6 ó 7 de la mañana, las cabalgatas duraban una hora o más, había entre 20 a 25 caballos -en temporada hasta 30-, hacía domas, en temporada de verano no había horarios, se trabajaba todos los días”. 

La sentencia destacó que "ponderando lo declarado por todos los testigos, y la naturaleza de la actividad en la que el cumplimiento de la jornada se encuentra muy exigido por la demanda de las tareas, resultando difícil el cumplimiento de un horario fijo como se hace en una oficina o en la industria -donde hay turnos-, habiendo sido reconocido y además es obvio que la actividad de las cabalgatas requiere tareas preparatorias como se describe en su demanda, y tareas posteriores a su finalización".  

Lo sufrido, agregaron los jueces, "colocan al trabajador  en una situación insostenible, de modo tal  que los importes descontados lo dejan en la indigencia resultando absolutamente esenciales para su subsistencia y la de su grupo familiar".

Para el cálculo indemnizatorio se tuvo en cuenta los 18 años de antigüedad y el puesto de encargado y también “el hostigamiento y persecución que invocó, desde el momento que si hubiera existido, por parte del empleador, como es su obligación, la voluntad de ejercer el poder disciplinario pero preservando el vínculo laboral, muy menor tendría que haber sido, si hubiera correspondido, el descuento salarial”.