La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal concedió un recurso extraordinario en torno a la legitimación para cuestionar la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Se trata del segundo caso de este tipo que llega a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. 

El fallo consideró que "la actora entiende que se encuentra en juego el alcance y la interpretación del tercer párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 26.061 que establece que: “La omisión en la observancia de los deberes que por la presente corresponden a los órganos gubernamentales del Estado habilita a todo ciudadano a interponer las acciones administrativas y judiciales a fin de restaurar el ejercicio y goce de tales derechos, a través de medidas expeditas y eficaces".

El Tribunal integrado por Guillermo Treacy, Jorge Federico Alemany y Pablo Gallegos revocó así la sentencia que había rechazado la acción de amparo contra el Estado Nacional tendiente a que se declarase la inconstitucionalidad de la ley que garantiza el acceso al aborto en el país, en una demanda contra el Ministerio de Salud de la Nación por ser la autoridad de aplicación.

Por último, los jueces destacaron que, en lo que respecta a las consideraciones “de fondo”, referidas a la afectación de los derechos que los actores consideran vulnerados, "así como las cláusulas constitucionales invocadas, se rechaza el recurso extraordinario ya que -tales extremos- no han sido materia de análisis en la sentencia recurrida".