La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al pedido de autorización para un proyecto de explotación minera a cielo abierto en la provincia de Chubut, pese al reclamo en contrario de comunidades de pueblos originarios que habitan en la región.

Con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkratz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal, en un fallo de una página, declaró “inadmisible” el amparo ambiental interpuesto por las comunidades Mapuche Tehuelche Mallin de Los Cual, Tehuelche Chacay Oeste y Laguna Fría, Mapuche Tehuelche Los Pinos y Mapuche Lof Lefimi.

Los magistrados invocaron el Artículo 280 del Código Procesal en lo Civil y Comercial para desestimar el planteo, en consonancia con la decisión del Superior Tribunal de Justicia del Chubut que oportunamente también lo rechazó.

Origen del conflicto

Desde el 2003, mediante la Ley 5.001, Chubut prohíbe la actividad minera metalífera en la modalidad de cielo abierto y la utilización de cianuro en los procesos de producción minera, pero en 2021 la Legislatura aprobó un proyecto enviado por el gobernador Mariano Arcioni que habilitó la actividad en la zona de la meseta central.

La zona afectada, la Meseta Centro Norte chubutense, coincide con territorio de las comunidades mapuche-tehuelche Mallín de los Cual, Los Pinos, Chacay Oeste y Laguna Fría, Lefimi y El Escorial, Taquetren, Lagunita Salada, Cerro Bayo y Gorro Frigio, Yala Laubat, y Ñuke Mapu.

La iniciativa oficial permite la explotación de la minería de plata, cobre y plomo, en algunas zonas de la provincia, como Telsen y Gastre, y es activamente resistida por buena parte de los movimientos sociales chubutenses.

Por el proceso en la justicia la actividad se encontraba paralizada pero con la decisión de la Corte las empresas podrán comenzar a explotar la zona.