La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal rechazó un recurso de la firma WhatsApp contra la resolución de la Secretaría de Comercio Interior que le ordenó a Facebook suspender la actualización de la política de privacidad de la aplicación de mensajería.

La Secretaría de Comercio también les prohibió ”intercambiar los datos, metadatos y todo otro tipo de información proporcionados por los usuarios de WhatsApp Messenger y/o recopilados automáticamente por Whatsapp LLC, con otras empresas y/o plataformas controladas por Meta Plataforms INC., incluso en los casos de usuarios que hubieran aceptado la actualización”.

Hace apenas algunas semanas, la Secretaría de Comercio Interior prorrogó la prohibición hasta que concluya "la investigación en curso", iniciada en mayo del año pasado, por presunto "abuso de posición dominante".

Para así decidir, la Secretaría estimó que Whatsapp y la compañía Facebook -en la actualidad Meta- incurrirían en "una situación de abuso de posición dominante" y destacó los "potenciales problemas de competencia con relación a la recopilación y al intercambio excesivo e irrazonable de datos", teniendo en cuenta que "hay evidencia empírica de que la demanda a nivel mundial de la aplicación WhatsApp Messenger, con más de dos mil millones de usuarios, supera ampliamente a plataformas tales como la de Telegram".

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En este sentido, el Tribunal estimó que las modificaciones introducidas "podrían importar, en los hechos, una ampliación de la información compartida entre Facebook y WhatsApp mediante una integración forzada de datos".

"Con esto podría conformarse una base de datos de usuarios con un nivel de detalle que no sería replicable por otras empresas que compitan en el mismo segmento restringiendo el acceso de nuevos competidores. Esta circunstancia también podría implicar la obtención de una cuantía significativa de beneficio económico por vía de la monetización de los datos de los usuarios de forma masiva", señaló.

En enero pasado, la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo (DNDC) aplicó una multa de $5.000.000 a la empresa Facebook Argentina SRL por la inclusión de cláusulas abusivas en sus Términos y Condiciones de la Política de Privacidad y Condiciones del servicio WhatsApp de mensajería instantánea.