Con una presentación cargada de contenido técnico y político, la CGT activó esta semana una acción de amparo colectivo ante la Justicia laboral para frenar el decreto 340/2025 del presidente Javier Milei, que limita el derecho a huelga y redefine qué se considera un servicio esencial. El reclamo judicial recayó en el Juzgado Nacional del Trabajo N°3, a cargo de Moira Fullana, y busca que el decreto sea declarado inconstitucional y nulo.

El equipo de abogados integrado por Federico West Ocampo (Sanidad), Hugo Moyano y Marta Pujadas (UOCRA) enumeró siete argumentos centrales con los que la CGT plantea que el DNU no sólo viola la Constitución sino que también implica un retroceso en derechos laborales conquistados durante décadas. La presentación judicial llega con una estrategia clara: apoyarse en un fuero que ya logró frenar otro decreto similar a comienzos de la gestión libertaria.

El primer punto que sostiene la CGT es que el decreto representa un “ataque directo al derecho de huelga”. Según la central sindical, el texto presidencial restringe la posibilidad de ejercer medidas de fuerza al ampliar el listado de actividades que deben funcionar parcialmente incluso durante una huelga. En concreto, el DNU impone niveles de prestación obligatorios que van del 50% al 75%, lo que en los hechos vuelve impracticable el paro como herramienta gremial.

El segundo argumento es aún más profundo: el decreto viola el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y choca de frente con tratados internacionales de igual jerarquía que protegen la libertad sindical, como los Convenios 87 y 98 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Para los abogados gremiales, la medida es una “violación flagrante del derecho internacional del trabajo”.

En tercer lugar, los letrados remarcan que el DNU fue emitido sin cumplir los requisitos de necesidad y urgencia exigidos por la Constitución. El artículo 99 inciso 3 establece que este tipo de herramientas solo pueden usarse en contextos excepcionales, y la CGT subraya que el Congreso está funcionando con normalidad, por lo que el Ejecutivo debió haber impulsado un proyecto de ley y no saltear el debate legislativo.

El cuarto punto apunta a la urgencia de suspender la aplicación del decreto. Por eso la CGT pidió una medida cautelar de no innovar, para que se suspendan de inmediato los artículos más críticos del DNU (el 2° y el 3°) hasta tanto haya una decisión de fondo. “Necesitamos evitar daños irreparables al movimiento obrero y garantizar la vigencia del derecho sindical mientras esto se discute en Tribunales”, explicaron desde el equipo legal.

Como quinto argumento, la central obrera alerta sobre una “gravísima regresividad normativa”. El DNU elimina por completo el artículo 24 de la Ley 25.877, que regulaba las huelgas en servicios esenciales, y lo reemplaza con una versión mucho más restrictiva que extiende la categoría de actividad crítica a casi cualquier sector, desde el transporte hasta la educación. Esto, dicen, “desnaturaliza por completo el derecho de huelga y lo convierte en simbólico”.

En sexto lugar, la CGT sostiene que la medida afecta directamente la negociación colectiva. Al limitar el uso de la huelga, la relación entre empresas y trabajadores se desequilibra y la patronal gana terreno en un contexto de alta precarización. “Sin huelga real, no hay negociación genuina”, remarcaron.

El séptimo y último argumento es que la acción fue promovida en nombre de todos los trabajadores del país, dado que la CGT tiene personería gremial como entidad sindical de tercer grado. Esto le otorga legitimación para accionar judicialmente en defensa del colectivo laboral y no solo de sus afiliados.

Si bien por ahora es la única central que presentó formalmente el recurso, desde la CTA Autónoma y la CTA de los Trabajadores no descartan hacer presentaciones similares en los próximos días. El tema ya está instalado en la agenda judicial, sindical y política, y promete una nueva pelea legal entre el oficialismo y el mundo gremial.