La Cámara Federal de Mar del Plata revocó este jueves la prohibición de salida del país del expresidente Mauricio Macri en la causa por supuesto espionaje ilegal a familiares de víctimas del hundimiento del submarino ARA San Juan.

Los camaristas Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez le dieron al juez federal subrogante de Dolores, Martín Bava, la oportunidad de que fundamente mejor la prohibición si es que aún considera que corresponde. Cabe recordar que Bava resolvió esta medida en octubre pasado y  fue apelada por el abogado del ex presidente, Pablo Lanusse.

En este escenario, los jueces explicaron que la prohibición de salida del país "importa una clara limitación a la prerrogativa constitucional prevista en el artículo 14 de la ley fundamental, la que nos da la pauta del recelo que se debe tener cuando se decreta una medida de tamaña repercusión".

Y añadieron: "Así, la restricción de un derecho fundamental como la libertad física solo debe instalarse cuando fuere inevitable asegurar de otro modo la comparecencia del imputado a juicio o la suerte de la pesquisa".

"Entonces la premisa es clara, ya que siendo una medida (restricción salida del país) que en definitiva coarta la libertad, los justificativos para ordenar aquella deben ser serios y concretos. Su justificativo deberá buscarse en pautas objetivas que aconsejen la conveniencia de adoptar tal decisión, debiendo encontrar asidero en una mínima investigación que en definitiva aconseje adoptar una medida de tal carácter, por lo que aquélla deberá limitarse a los casos en que fuese absolutamente indispensable (...)", explicó la Cámara.

Para los magistrados, el juez Bava "ha prescindido explayarse de un modo integral, certero y actual sobre aquellas circunstancias que lo ayudaron a convencerse intrínsecamente sobre la necesidad de imponer la prohibición de salida del país de Mauricio Macri, ni ha aportado información de calidad que robustezca su decisorio".