El “beneficio de litigar sin gastos” es la posibilidad que otorga el sistema de enfrentar un proceso judicial sin asumir el riesgo de pagar la tasa de justicia correspondiente ni tampoco la deuda que pueda surgir por los honorarios de los abogados. Es una herramienta común dentro del derecho pero que en las últimas horas sorprendió en el mundo tribunalicio por las personas que lo solicitaron: los y las hijas de Diego Armando Maradona.

En el marco de la causa que iniciaron los cinco herederos de la sucesión de Diego contra el “Aporte Solidario y Extraordinario”, los abogados de los y las hijas firmaron un documento en común donde solicitaron que se les otorgue el beneficio de litigar sin gastos. En el escrito que presentaron ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N°3, a cargo de Santiago Carrillo, reiteraron que la obligación de abonar el aporte les resulta “desproporcionado, irrazonable e injusto”. Además, sostuvieron que es “confiscatorio del patrimonio hereditario”, según reveló Data Clave ayer.

Sucesión de Maradona: herederos piden litigar sin gastos en la causa contra el aporte extraordinario

¿Por qué piden ese beneficio? Resaltaron que la sucesión “no posee disponibilidad de fondos” para abonar ningún gasto del proceso. Enumeraron distintas dificultades: la carencia de los recursos necesarios “que demanda la conservación de los bienes”; la imposibilidad de acceder a fondos de cuentas bancarias (e hicieron hincapié en las cuentas del exterior del país); y una medida cautelar que se dictó en la justicia platense. Esa medida fue decretada por seis meses (vigente hasta el 21 de agosto) por el Juzgado Civil y Comercial 20 de La Plata en el expediente donde se intenta determinar si Eugenia Laprovittola es también heredera.

Además de adjuntar esa medida cautelar, los abogados de los cinco hijos presentaron un informe del administrador judicial de la sucesión donde hizo una rendición de cuentas del período entre el 16 de diciembre de 2020 y el 16 de abril de 2021. Ese documento está elaborado a través de información existente en el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y da cuenta de una deuda impositiva (entre bienes personales y patentes de vehículos) de 18 millones de pesos.

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Con toda esta información, el juez Carrillo decidió abrir el 24 de junio un incidente para establecer si corresponde otorgar ese beneficio, del cual también podrá opinar la AFIP. El expediente principal, donde se define si la sucesión debe estar alcanzada por el aporte solidario, aún permanece sin una resolución de fondo y se encuentra blindado su acceso por pedido de los involucrados.