El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 24 de la Capital Federal, integrado de manera unipersonal por el juez Javier de la Fuente, condenó al periodista Eduardo Feinmann por el delito de calumnias en una demanda iniciada por el teniente de fragata retirado Julio Cesar Urien, a quien le atribuyó falsamente la comisión de un homicidio en el levantamiento de la ESMA, en noviembre de 1972.

La causa se inició luego de que Feinmann, a través de un programa de televisión en el canal de noticias A24, acusara a Urien de haber matado a un cabo de la Armada, a sangre fría y de un tiro. “Odiado, odiado en la armada argentina, porque como ex guardia marina el tipo mató a un cabo a sangre fría, cuando siendo oficial de guardia de la ESMA la quiso tomar y le pego un balazo en la cabeza”, dijo el periodista.

Sin embargo, el juez sostuvo que Feimann “no se limitó a emitir opiniones críticas o juicios de valor, que puedan resultar ofensivos para terceros o el propio destinatario, sino que afirmó un hecho objetivo que no se ajusta a la realidad”.

“Le imputó al querellante haber matado de un disparo en la cabeza a un cabo y lo hizo de manera asertiva, sin ninguna referencia a una fuente de información, ni siquiera anónima”, explicó el magistrado.

Según la sentencia, “afirmó un hecho falso, sumamente grave, afectando el honor del querellante, sin aludirse a que se trataban de datos que surgen de alguna fuente, lo que evidentemente excede todos los límites que rigen respecto del ejercicio del derecho de información, la libertad de prensa y la función del periodista”.