Luego del inicio del juicio por el asesinato de Rafael Nahuel, el joven mapuche que murió el 25 de noviembre de 2017, en Villa Mascardi, Bariloche, la defensa que representa a tres de los cinco integrantes del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina solicitó la recusación de todos los integrantes del Tribunal Oral Federal de General Roca al considerar que actúan bajo una “enemistad manifiesta”.

Cabe recordar que el prefecto Sergio Guillermo Cavia se le imputa ser autor del homicidio agravado por haber sido cometido mediante la utilización de armas de fuego con exceso en la legítima defensa. Al resto de los efectivos -Francisco Javier Pintos, Juan Ramon Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio Damián García- se los acusa de haber sido partícipes necesarios de la misma conducta.

La presentación del abogado de Cavia, Pintos y Sosa se basa, primero, en que el juez que preside el debate habría comparado ya al caso (durante una audiencia preliminar) como un “delito de lesa humanidad”. “Entiendo que ello sin dudas se trató del arbitrario preconcepto y postura parcial que tiene el señor Juez sobre el particular, y su 2 exteriorización inconsciente en varias oportunidades -a punto tal que motivó un pedido de aclaración de las defensas- como puede advertirse observando la grabación de la audiencia referida, hace presumir fundadamente que al actuar se verá impedido de hacerlo con la imparcialidad requerida a un Magistrado en un asunto tan grave como el mismo Alejandro Silva reconociera, ya que, en lo más íntimo de su ser, el Dr. Silva está convencido y seguro de lo que sucedió y por ende tiene tomada una decisión al respecto”, sostuvo el abogado Marcelo Rocchetti.

A ello le sumó algo que sucedió en la audiencia de ayer, donde se llevaron adelante las indagatorias de los acusados. “Mientras estaba ejerciendo su derecho a defenderse Francisco Javier Pintos, inesperada y repentinamente, y al inicio de su acto de defensa, fue interrumpido por el señor presidente, quien le indicó que lo que estaba declarando no era propio de una declaración indagatoria, y que ello debía ser manifestado en las últimas palabras”, aseguró el abogado, que hizo foco en que la indagatoria es el acto de defensa y deber ser llevado adelante de manera libre.

"Lo expuesto, inadmisible, por cierto, fue presenciado por los tres restantes jueces que están participando de este debate, quienes avalaron la interrupción y la afectación del derecho de defensa con su silencio", le agregó.

Por último, aseguró que durante el desarrollo del debate advirtió entre el público la presencia de una “persona encapuchada que vestía ”una campera azul y amarilla, una gorra tipo ‘cup’ o ‘visera’, y una tela que cubría su rostro".  “Al poner de manifiesto dicha circunstancia al señor presidente en la audiencia, me hizo saber que no había ninguna persona encapuchada en la sala. Al insistir, me refirió que no había un encapuchado y que la persona a la cual me refería, que además de tener su cara y nariz tapadas llevaba un gorro, era por un “estado gripal” y había sido identificada por presidencia y por secretaría”, describió.

En el escrito de recusación presentado, el abogado sostiene que no se puede estar en esas condiciones en una sala y marcó que el tribunal mintió ya que no se encontraba enferma esa persona. “No se dijo nada porque quien lleva su rostro encapuchado, según pude establecer, sería el hermano de Rafael Domingo Nahuel Salvo, hijo de los querellantes”, marcó.

“Esto demuestra la falta absoluta de imparcialidad de los juzgadores, por acción en el caso del señor presidente y por omisión en el caso de los vocales”, aseguró Rocchetti al momento de presentar su recusación. Indicó también que lo expuesto justifica el apartamiento en el debate “tanto por enemistad manifiesta con una de las partes como por amistad con la querella”.

El planteo será revisado por los propios integrantes del tribunal, en primer lugar, y luego podría escalar hasta la Cámara Federal de Casación. Por lo pronto, los jueces ya habían fijado audiencias en el caso para la próxima semana.