La jueza federal María Eugenia Capuchetti sobreseyó al expresidente Mauricio Macri; a su ex asesor Fabián “Pepín” Rodríguez Simón; al exministro de Justicia Germán Garavano y otros exfuncionarios en la causa conocida como “mesa judicial” del macrismo.

Capuchetti entendió que quienes supuestamente fueron presionados para direccionar las investigaciones, esto es magistrados y fiscales, nunca denunciaron en su momento los hechos ni tampoco cuando declararon.

“Esta cuestión no es menor, por cuanto no se trata aquí de víctimas legas, que años después de un evento traumático podrían resignificar vivencias delictivas para aportar sus versiones a la justicia. Se trata aquí de magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal, que no solo se presume conocen el derecho y, por lo tanto, pueden mínimamente distinguir un accionar delictivo de aquel que no lo es, sino que, además, cuentan con la carga pública de denunciar ante la existencia de un delito como tal”, se lee en el fallo.

“Los magistrados y miembros del sistema judicial estamos sujetos a un escrutinio público y, frecuentemente, nuestras decisiones son objeto de debate y discusión en los medios de comunicación. Esto es esencial para mantener la transparencia y la rendición de cuentas en un sistema democrático. En definitiva, el escrutinio mediático no necesariamente puede constituir una presión inapropiada”, agregó la magistrada al respecto.

La sentencia sostiene que “transitada una extensa investigación que insumió más de cuatro años y relevado el itinerario procesal que aquí nos ha traído, la tarea que se impone no es un nuevo repaso de toda la prueba producida, sino en primer lugar, el someter el objeto procesal de estos actuados al tamiz de la tipicidad, a fin de determinar si existe una verdadera sospecha susceptible de encuadre delictivo”.

“La inexistencia de tal asociación ilícita no surge solo de la prueba recolectada (que mal conduce a corroborar una coordinación jerárquica, una distribución de roles y un plan con acuerdo previo y común para cometer delitos indeterminados), sino también de las propias conductas denunciadas”, concluyó el fallo.