La Secretaría de Comercio y la AFIP publicaron este martes en el Boletín Oficial la resolución conjunta 5466/23 que termina con el anterior régimen de importación y genera un nuevo, mas cercano a “cumplir con las normas internacionales de la Organización Mundial de Comercio”.

Con el nuevo régimen “se eliminan las licencias automáticas y no automáticas al igual que las recientes SIRAs y se implementa un sistema transparente y no discrecional”, destacó el ministerio de Economía, a través de un comunicado oficial. 

Además “se instrumenta un mecanismo para saldar la deuda de los importadores con proveedores del exterior”, que el ministerio de Economía estima en US$ 31.000 millones.

El Gobierno nacional modificó el sistema de importaciones conocido como SIRA “por un sistema transparente y no discrecional. No habrá más licencias ni permisos para importar”.

“Se eliminan así las trabas al comercio basadas en la discrecionalidad, desarmando posibles nichos de corrupción, y se ajusta el sistema a los estándares internacionales de la OMC respecto a la administración del comercio”, destacó la cartera que dirige Luis Caputo.

Desde ahora,  quienes deseen importar deberán completar una Declaración Jurada informativa en el sitio de AFIP, en el apartado SEDI, explicó la resolución conjunta entre la AFIP y la Secretaría de Comercio .

Si bien dejarán de existir los bloqueos de la Secretaría de Comercio – que no aprobaban las SIRAS – se mantendrán los vinculados a la seguridad y salubridad de las mercaderías, y que se corresponden con análisis técnicos de organismos como Senasa, Anmat, Inal, entre otros.

La resolución también establece los mecanismos y condiciones para comenzar a saldar la deuda comercial que mantienen las empresas con proveedores del exterior, estimada unos US$ 31,000 millones “producto de la mala administración de la gestión anterior”.

De esta manera, Economía se refiere a la deuda que se generó a partir de decirle a los importadores que giren sus divisas al exterior para comprar insumos, que luego esos dólares se los iba a reponer, a valor oficial, el Banco Central.

Los interesados deberán registrarse en el llamado “Padrón de deuda comercial por importaciones con proveedores del exterior”, cuya apertura estará abierta por 15 días corridos desde hoy, que se produjo la publicación de la resolución.

Al fin de saldar esa deuda, a través de la Comunicación A "7918" del Banco Central se instrumentó el llamado Bono para la Reconstrucción de una Argentina Libre (Bopreal), que será una de las opciones que dispondrán los importadores con deuda comercial.

Esto se suma a la Comunicación “A” 7917 del BC, que estableció los tiempos de pagos de las importaciones realizadas desde el 13 de diciembre en adelante. Esta comunicación prevé como generalidad, el pago de las operaciones en cuatro partes iguales y consecutivas, a los 30, 60, 90 y 120 días, a la vez que fija algunas excepciones.