Los bonos o títulos que emita el Banco Central para el pago de deudas con importadores registradas hasta el 12 de diciembre podrán utilizarse para pagar impositivos y aduaneros hasta 3.500 millones de dólares.

Así lo dispuso el Gobierno mediante el decreto 72/2023 publicado este viernes en el Boletín Oficial, en el que también se especifica que quedan exceptuadas las obligaciones del Régimen de Seguridad Social (RSS).

La medida es nueva pero tiene sus antecedentes en el 2002, cuando el entonces Ministro de Economía, Roberto Lavagna, utilizó con el mismo fin los “Cedros” para pagar deuda fiscal y comprar autos, propiedades y materiales para la construcción.

¿Qué eran los Cedros? Eran una especie de “pagaré” que le decía a los dueños de los depósitos a plazo fijo que habían quedado inmovilizados en el “corralón” que le devolverían el dinero al momento del vencimiento -no antes- más los intereses.

Ahora, el BCRA le dice a quienes tienen deuda comercial con la entidad que podrán utilizar estos títulos, en dólares, que además dan una tasa del 5% que podrán pagar impuestos.

Si alguien no quiere “tener” estos “Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre” (BOPREAL) que se suscribirán en pesos pero pagarán en dólares con intereses de hasta un 5% anual, podrán vendérselo a otra persona que le sirva, ya sea como ahorro o como forma de pago de los compromisos con la AFIP.

Habrá que ver la paridad a la que se toman esos títulos, ya que en la actualidad los bonos argentinos rondan el 40% de su valor total. Según la Unión Industrial Argentina (UIA), la deuda comercial que mantenía el gobierno con los importadores ascendía 40.000 millones de dólares a mediados de octubre.

La norma que permitirá pagar deuda con esos bonos se dispuso “en atención a la relevancia que conlleva lograr la máxima aceptación posible de los nuevos instrumentos a ser ofrecidos por el Banco Central de la República Argentina, particularmente los de mayor plazo de vencimiento, para contribuir al mejoramiento del contexto económico y financiero”-

El cómputo de los bonos o títulos estará limitado a un valor total US$ 3.500 millones y se deberán utilizar según el cronograma establecido en el decreto: un valor máximo equivalente a US$ 1.000 millones desde el 30 de abril de 2025 hasta el 29 de abril de 2026; otros US$ 1.000 millones desde el 30 de abril de 2026 hasta el 29 de abril de 2027 y US$ 1.500 millones desde el 30 de abril de 2027 hasta el 31 de octubre de 2027.