El panorama judicial de Aníbal Lotocki es cada vez más complejo. Al pedido de juicio oral por el homicidio de un paciente y la confirmación de que puede ser investigado por la muerte de Mariano Caprarola, hoy se le sumaron dos resoluciones, una incluso de la máxima autoridad del país.

La Corte Suprema de Justicia desestimó esta tarde el planteo que el falso cirujano hizo con el fallo donde se declaró su inhabilitación de manera provisoria para ejercer la profesión de médico en el marco de la revisión de la condena a cuatro años de prisión por lesiones graves.

Cabe recordar que Lotocki fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 28 de la Capital Federal en febrero de 2022 y allí se le fijó también cinco años de inhabilitación especial para ejercer la medicina. Entre las pacientes afectadas se encontraba Silvina Luna. No obstante, al haberse quejado del fallo, la situación no quedó firme, por lo que podía seguir ejerciendo.

En julio de este año, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional revocó uno de los puntos de la sentencia de condena y le impuso "la inhabilitación para ejercer la profesión de médico, con carácter cautelar, hasta tanto se resuelva de forma definitiva su situación en esta causa".

Fue contra esa decisión que la defensa presentó primero un recurso extraordinario que fue declarado inadmisible. Eso generó la presentación de una queja ante la Corte Suprema. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, desestimaron hoy el planteo por no haber dado cumplimiento al recaudo establecido en el artículo 7 inciso c, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007. Esto hace referencia a una cuestión técnica de la presentación realizada. Es decir, no se metieron en el fondo de la cuestión.

Mientras sucedía esto, la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional (que dictó su prisión preventiva hace poco más de dos semanas) dio el visto bueno para que vaya Lotocki a Casación.

El objetivo de la defensa es que esa Cámara revierta la preventiva y ordene nuevamente la libertad.