Este lunes se publicará en el Boletín Oficial una nueva prórroga -hasta el 16 de agosto- del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) y del Distanciamiento Social para las provincias que están transitando esa fase. El decreto de necesidad y urgencia (DNU) incluye a su vez la prohibición para eventos sociales en todo el país, por quince días. 

Es la novena extensión de la cuarentena que rige desde el 20 de marzo pasado. El ASPO regirá para el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), Jujuy y algunos departamentos de La Pampa, Santa Cruz y Tierra del Fuego. El distanciamiento, en parte, alcanza al resto de los distritos. Se determina el distanciamiento -que implica mayores flexibilizaciones- para los aglomerados urbanos, departamentos o partidos de provincias que "no deben estar definidos por la autoridad sanitaria nacional como aquellos que poseen 'transmisión comunitaria' sostenida del virus". En estos casos, el tiempo de duplicación de casos confirmados “no debe ser inferior a 15 días".

Pero hay un punto del decreto que ya genera polémica y que incluso hará ruido entre el presidente Alberto Fernández y los gobernador. Según el DNU, para esta nueva prórroga “quedan prohibidos los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente”. Ese artículo regirá en todo el país y hasta el 16 de agosto inclusive. En caso de incumplir la norma “se aplicarán los artículos 205 (seis meses a dos años de prisión y 239 (quince días a un año de prisión) del Código Penal de la Nación”.

Cuarentena: prohiben eventos sociales en todo el país con penas de seis meses a dos años de prisión
Cuarentena: prohiben eventos sociales en todo el país con penas de seis meses a dos años de prisión

En el AMBA nunca rigió la cuestión de los eventos sociales, pero en la gran mayoría de los distritos ya ocurría hace varias semanas. Pero lo que se incorpora ahora es la sanción, de seis meses a dos años para "el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia", .y de quince días a un año para "el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal".