La Cámara Federal de Casación decidió hoy reabrir dos causas clave para Cristina Kirchner: se trata de Hotesur-Los Sauces y Memorándum con Irán, donde la actual vicepresidenta había sido sobreseída antes de que se realizara el juicio oral. En el primero de los casos, la exmandataria es investigada junto a su familia y a empresarios por los negocios hoteleros en el sur del país.

La causa por el Memorándum firmado con Irán nació tras la denuncia realizada por el fiscal Alberto Nisman y tuvo diversas idas y vueltas hasta que el fallecido juez Claudio Bonadio la elevó a juicio. La decisión de avanzar hacia la realización de los debates orales fue firmada por los camaristas Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, que además decidieron apartar a los jueces Daniel Obligado y Adrián Grünberg, que integran el tribunal oral donde se sobreseyó a Cristina en Hotesur-Los Sauces. Solo quedará allí Adriana Palliotti, que había votado en disidencia. Obligado también fue apartado de la otra causa, junto con las magistrados José Michilini y Gabriela López Iñiguez. 

Memorándum con Irán

En octubre de 2021, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 8 sobreseyó tanto a Cristina como a Eduardo Zuain, Carlos Alberto Zannini, Oscar Isidro Parrilli, Angelina María Esther Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Luis Ángel D ́Elía, Fernando Esteche, Jorge Alejandro Khalil y Ramón Héctor Allan Bogado en la causa. En la resolución, los magistrados consideraron que los hechos investigados no constituían delito alguno. Fiscalía y querella fueron a Casación, aunque el recurso fiscal no prosperó debido a que el fiscal ante la Cámara consideró que no debía avanzar en ese sentido.

Con este panorama y con el recurso únicamente de las querellas de la DAIA y de dos familiares de víctimas de la AMIA, los camaristas analizaron la cuestión y se inclinaron hacia la realización del juicio oral. “Pretender mirar la hipótesis delictiva propuesta en el caso como la mera incriminación de una potestad constitucional -del Poder Ejecutivo en suscribir y ratificar instrumentos internacionales y la del Congreso de la Nación en aprobar aquéllos en el orden interno-, evidencia un sesgo imposible de atravesar el tamiz de la lógica”, marcó Barroetaveña en su voto. 

“Los jueces efectuaron una errónea valoración sobre el carácter novel del informe de Interpol de fecha 22 de junio de 2020 y, de manera arbitraria -ya que no encontraba apoyo en las constancias del proceso- decidieron que aquel dato, por cierto conocido, los habilitaba a tratar las excepciones de falta de acción instadas”, consideró al respecto de una de las patas fundamentales del fallo donde se sobreseyó a los imputados. El informe al que se hace referencia es en el que se explicaron, entre otras cosas, los alcances de las alertas rojas y cómo actuó el país.

“En otras palabras, el tribunal no se encontraba habilitado para ejercer su jurisdicción del modo en que lo hizo pese a que afirmaron lo contrario otorgándole al informe de Interpol reseñado, de manera arbitraria, la calidad de dirimente cuando tampoco el mencionado informe contenía referencias originales puesto que éstas ya eran conocidas desde el inicio de la investigación”, concluyó el camarista y dejó abierto el caso para que se lleve adelante el juicio oral.

Hotesur- Los Sauces

En este expediente, el Tribunal Oral Federal Nº5 había desvinculado a la vicepresidenta, a Máximo Kirchner, a Romina de los Ángeles Mercado, a Lázaro Antonio Báez, a Cristóbal Manuel López, a Carlos Fabián De Sousa y a otros 20 imputados al considerar que no existía delito. La clave de esta causa era determinar si Cristina (y su familia) recibieron dinero de las empresas de ambos empresarios como una especie de retorno. 

En el fallo que firmaron los camaristas, tras el recurso presentado por la fiscalía, se analizó la decisión y se concluyó que no había sido bien fundamentada y que no correspondía el dictado de un fallo de esas características. 

“No se ha justificado suficientemente la necesidad de la conclusión a la que arribaron los jueces que votaron de forma coincidente dado que su razonamiento, además de haberse fundado en cuestiones de valoración sumamente debatibles, en definitiva, carece de sustento en prueba novedosa alguna. Antes bien, las apreciaciones efectuadas se basaron en elementos que, en palabras del tribunal, podían o no ser tildados de estrictamente probatorios”, sostuvo en su voto el juez Petrone.

No obstante, ambos camaristas coincidieron en que correspondía confirmar el sobreseimiento de Florencia Kirchner. “Surge de la misma que el ámbito de autodeterminación de la nombrada, especialmente, con relación a negocios familiares, se encontraba sumamente restringido y, por lo tanto, no contaba con un real poder de decisión sobre su actuación y desenvolvimiento en la empresa familiar pues su rol habría sido definido, siempre a modo de hipótesis, por otras personas que, además, mantenían con ella una relación asimétrica, puesto que se trataba, en parte, de sus progenitores y de su hermano mayor, lo que de por sí los colocaba en una situación de autoridad”, se explicó en el fallo, al mismo tiempo que se señaló que la joven solo tenía 12 años al momento señalado por la acusación como el origen de las maniobras delictivas. No obstante, ordenaron que sigan vigentes los embargos realizados en la causa.

De esta forma, el expediente volverá al Tribunal Oral Federal 5 que deberá llevar adelante todos los pasos previos a la realización del juicio oral, además de que se deberán nombrar otros dos jueces para que intervengan en el proceso.