La Corte Suprema dejó firme la absolución de Carlos Carrascosa por el crimen de su mujer María Marta García Belsunce, en sintonía con la recomendación de la Procuración. Fue en cita al artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial y sin emitir opinión.

“Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, resulta inadmisible (art 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, y oído al señor Procurador General de la Nación interino, Eduardo Casal, se desestima la queja”, dice el fallo firmado por el presidente del Máximo Tribunal, Carlos Rosenkrantz y los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti.

Días atrás, el procurador interino, Eduardo Casal, dijo en referencia a la presentación del Ministerio Público Fiscal bonaerense (que se había manifestado en contra de la absolución por el homicidio), que “en mi opinión, el recurso extraordinario intentado es inadmisible y la queja, por lo tanto, debe ser desestimada".

"Pasaron muchos años, y todavía estoy vivo. Esto es un primer paso. Ahora falta saber quién mató a María Marta", dijo Carlos Carrascosa al diario La Nación. El crimen ocurrió en 2002 y Carrascosa fue condenado en 2009. Se le concedió la libertad en 2016, luego de que la Corte ordenara revisar la causa y detectara irregularidades. 

Hay un tercer juicio en curso que investiga la culpabilidad del vecino del barrio El Carmel, Nicolás Pachelo y dos exvigiladores del barrio cerrado.