El Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 de San Martín, a cargo de Jorge Aníbal Ocampo, suspendió de manera cautelar la aplicación de la ley que limita la reelección de intendentes bonaerenses.

El fallo fue en respuesta a la acción presentada por Andrea Carina Pavón, concejal de Malvinas Argentinas, quién asumió su primer mandato el 10 de diciembre de 2015 y fue reelecta en el año 2019. En el año 2016 se sancionó la ley que limitó la reelección indefinida de intendentes y concejales, motivo por el cuál la demandante denunció una aplicación retroactiva de la ley y, por ende, inconstitucional. 

El juez, entre sus fundamentos, sostuvo que "la ley está subordinada a las garantías constitucionales; y los actos de la autoridad administrativa a la ley. De lo contrario, la discrecionalidad y la arbitrariedad sustituirían a la certidumbre de los derechos y a la estabilidad jurídica. En otras palabras, desaparecerían garantías constitucionales”.

En ese marco, Ocampo agregó que "la obligación de respetar y acatar el proyecto de república democrática que establece la Constitución Nacional pesa también sobre los partidos políticos, por su condición de instituciones fundamentales del sistema democrático (art. 38 de la Constitución Nacional). Es por ello que sus conductas deben reflejar el más estricto apego al principio republicano de gobierno y evitar cualquier maniobra que, aun cuando pueda traer aparejado algún rédito en la contienda electoral , signifique desconocer las más elementales reglas constitucionales".

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