María Kodama falleció el 26 de marzo. De ese momento hasta ahora, mucho se especuló con que pasaría no solo con sus bienes sino también con los derechos de las obras de Jorge Luis Borges. Si bien su abogado Fernando Soto aseguró que existía un testamento donde se dejarían las cosas en claro, esta semana presentó una sucesión “vacante” ante la justicia civil porque no se halló ningún escrito y porque desconocía quienes podían ser sus herederos, ya que nunca tuvo hijos y sus hermanos fallecieron antes que ella.

Ante ese panorama y cuando la presentación ya estaba en el Juzgado Civil 94, los sobrinos de la escritora aparecieron para conformarse como titulares de los bienes que dejó. “Nos presentamos en nuestra calidad de sobrinos y únicos herederos de la causante, hermana de nuestro padre Jorge Kodama, fallecido el 30 de julio de 2017, se lee en el escrito presentado por Mariana del Socorro, Martín Nicolás, María Victoria, Matías y María Belén Kodama. 

En su presentación, los sobrinos remarcaron que no existen otros herederos y que desconocen “si había disposición de última voluntad” de su tía. El expediente pasó entonces del Juzgado 94 al Juzgado Civil N°33: allí quedó asentado el reclamo por “bienes muebles, importantes obras literarias, premios y condecoraciones de titularidad de la causante y de su cónyuge, manuscritos, fotografías, material periodísticos, títulos de propiedad y todo aquello relacionado con la vida, tanto de la causante como de su cónyuge, todo de gran valor literario e histórico que debe salvaguardarse”.

¿Qué pasará ahora?

La sucesión es el proceso donde se define qué sucede con los bienes y el dinero de una persona fallecida, además de definir qué pasará con las deudas y causas patrimoniales abiertas. 

El primer paso que se toma en el expediente es es abrir una “declaratoria”, que es donde figuran todos los herederos/as que hay hasta el momento. Esa declaratoria se puede rectificar si en el medio aparecen más herederos/as. Luego de eso suele nombrarse un administrador, mientras se avanza en la identificación de bienes y demás cuestiones.

Otra de las cuestiones se centrará en realizar el inventario de la herencia y el pago de las deudas y legados de la persona fallecida. En ese sentido, el abogado Soto ya presentó que se le debían los honorarios por la demanda que Kodama inició contra Pablo Katchadjian por la publicación de “El Aleph engordado”.

Cabe resaltar que los sobrinos solicitaron en Tribunales que se allanen los domicilios de la viuda para establecer el alcance de las pertenencias de su tía. En esa línea, requirieron también que se dicte una inhibición general de todos los bienes de María Kodama, que el Banco Central informe la existencia de todas sus cuentas y que “se ordene librar oficio al registro de la Propiedad Intelectual a los fines de que informe la totalidad de las obras de propiedad intelectual bajo la titularidad de la señora María Kodama y el señor Jorge Luis Borges”.

Una vez que estén establecidos los bienes y las deudas, vendrá el momento del reparto. El Juzgado 33 llevará adelante la “partición”, que es el acto donde se divide la herencia. Si bien puede acordarse entre herederos y herederas, hay situaciones donde el juez es quién termina de definir.