El Máximo Tribunal falló a favor de un joven con discapacidad para que su obra social le brinde la cobertura integral del costo del tratamiento con aceite de cannabis. 

Se trata de una causa impulsada por los padres de un joven que padece epilepsia refractaria, con un cuadro de "resistencia a múltiples y altas dosis farmacológicas". Según consta en la causa, el neurólogo tratante le prescribió el uso de aceite de cannabis, lo que le produjo “mejoras sustanciales en su estado de salud y en su calidad de vida”.

En primera instancia se ordenó al Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER) y, en subsidio, a esa provincia, la cobertura. Pero esta decisión fue revocada por Superior Tribunal local "ante la ausencia de una cláusula que expresamente estipulara la obligación de las demandadas".

La Corte Suprema obligó a una obra social a cubrir el costo total del aceite de cannabis

El caso llegó hasta la máxima instancia. Allí, los jueces de la Corte analizaron las circunstancias del caso y marco normativo vigente, específicamente el decreto reglamentario 883/2020 de la ley 27.350, que autoriza el uso terapéutico y paliativo del cannabis.

En este sentido, el Alto Tribunal concluyó que las obras sociales "deben brindar cobertura para la adquisición de los derivados de la planta de cannabis a aquellos pacientes que cuenten con indicación médica según la propia letra" del decreto, que fue dictado mientras la causa se hallaba en manos de la Corte.

Asimismo, los ministros destacaron que el aceite “redujo notablemente sus convulsiones” como también “mejoró su alimentación, movilidad, control de esfínteres, postura, atención, interacción e incluso comunicación con el entorno, lo que implica una adquisición y restauración de aptitudes e intereses para lograr su integración social”.

“No es ocioso recordar que los progresos del paciente anteriormente descriptos resultan consistentes con los estudios científicos realizados sobre la efectividad del aceite de cannabis en el tratamiento de la epilepsia refractaria”, resaltó la sentencia.