Alan Schlenker no se da por vencido. Casi 11 años después de que fuera condenado a prisión perpetua como instigador del crimen de Gonzalo Acro, el ex barra brava de River Plate insiste con los cuestionamientos judiciales sobre su pena aunque hasta ahora ninguno tuvo resultados. Esta vez fue la Cámara de Casación Nacional la que le negó sus pedidos.

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 15 dispuso que se debían unificar las condenas por la causa Acro y por el juicio donde Schlenker fue condenado en San Isidro por un homicidio cometido en 2001. En esa línea, afirmaron que correspondía dictar una pena única de prisión perpetua. Además, rechazaron la posibilidad de que esa pena pueda ser considerada “como trato inhumano o degradante”.

Consideraron que la imposición de esa condena no choca ni con la normativa nacional ni con tratados internacionales. Recordaron que el artículo 77 inciso B del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional prevé “la reclusión a perpetuidad cuando lo justifiquen la extrema gravedad del crimen y las circunstancias personales del condenado”.

“La pena justa es la de prisión perpetua, por entender que es la que mejor se ajusta   a   las  condiciones y circunstancias del caso”, sostuvo el Tribunal Oral. Con respecto al planteo de determinar una fecha de “agotamiento de la pena” -es decir, de vencimiento-, los jueces consideraron que debe evaluarse en otro momento si corresponde hacer lugar a una libertad condicional ya que le corresponde al juez de ejecución chequear si se cumplen los requisitos para acceder a ese beneficio.

La defensa de Schlenker cuestionó el fallo del Tribunal y decidió presentar un recurso de Casación donde aseguró que no disponer una fecha de vencimiento temporal a la perpetua “conspira contra el principio de reinserción social”. 

“El lapso de pena que se ha impuesto a Alan Schlenker lleva a que se trate de un período igual a toda nuestra vida laboral, sea mucha o poca. Es más, al jubilarnos la situación vital cambiará, pero no así con el nombrado, que continuará detenido hasta tanto pudiera asignársele una libertad anticipada”, sostuvo la defensa técnica.

La decisión de Casación

En el fallo al que accedió Data Clave, el juez Pablo Jantus recordó que la Corte descartó la posibilidad de declarar inconstitucional la prisión perpetua. Con respecto al vencimiento de la pena, el magistrado respaldó al Tribunal Oral. 

“Observo que la cuestión fue resuelta adecuadamente en la sentencia recurrida, al no determinar una fecha de agotamiento de la pena de prisión perpetua, justamente porque esa es una cuestión ya legalmente prevista: es perpetua  y no habiendo cumplido el condenado un lapso mínimo para que se evalúe alguna forma de soltura en el marco de la progresividad, cualquier decisión sobre el particular, a esta altura, sería meramente conjetural porque, lo cierto, es que ignoramos si una situación así será posible y cuál será el marco normativo. Con lo que, además de lo expuesto, considero que los planteos de la defensa carecen de un agravio actual que autorice su tratamiento”, remarcó.

El voto de Jantus fue compartido por el juez Alberto Huarte Petite. Al rechazar los planteos, Schlenker tiene la posibilidad de ir a la Corte Suprema. No obstante, el Máximo Tribunal del país ya rechazó varias meterse en la causa: a comienzos de este año, optó por no intervenir en el marco de un pedido donde el ex barra solicitaba ser trasladado desde la cárcel de Chubut a otro establecimiento penitenciario. Schlenker tiene pendiente una reclamo a nivel internacional: pide que la Corte Interamericana trate su caso debido a que sostiene que fue condenado sin pruebas en el caso Acro.