El Tribunal que prepara el juicio a los tres detenidos por el intento de asesinato de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner reiteró que el trámite de un exhorto enviado a Estados Unidos en busca de información sobre contenido de redes sociales vinculadas a los acusados debe seguir en el juzgado de la jueza María Eugenia Capuchetti.

Los jueces del Tribunal Oral Federal 6 (TOF 6) Sabrina Namer, Daniel Obligado e Ignacio Fornari sostuvieron que “la medida probatoria consistente en requerir al Departamento de Justicia de EEUU información transaccional y de contenido de las cuentas de redes sociales vinculadas a los imputados en autos fue ordenada inicialmente por el juzgado instructor cuando todavía la investigación se encontraba a su cargo”. 

Los jueces respondieron así a un planteo de la fiscal de juicio Gabriela Baigún, luego que en septiembre pasado se negaron a seguir con el trámite de ese exhorto, iniciado por Capuchetti cuando el caso no había sido enviado aún de manera parcial a juicio.

El TOF 6 quedó a cargo de juzgar a los detenidos por el intento de magnicidio contra Cristina Fernández de Kirchner el 1 de septiembre del año pasado Fernando Sabag Montiel, Brenda Uliarte y Gabriel Carrizo

Los jueces evaluaron que "no obstante tratarse de una medida probatoria de carácter internacional inconclusa y con un plazo de vencimiento próximo", la jueza Capuchetti "consideró completa la instrucción y elevó a juicio la presente causa".

Ante ello, la magistrada de instrucción sostiene que debe ser el Tribunal Oral el que culmine con esa prueba y responda un pedido de aclaratoria cursado desde Estados Unidos "a pesar de que la etapa plenaria posee rasgos totalmente distintos a la instrucción, que el presente proceso todavía no se encuentra abierto a prueba".

El Tribunal decidió "no hacer lugar por improcedente" a un recurso de la fiscalía a la espera de una decisión sobre el tema de la Cámara Federal porteña.

Los jueces del TOF 6 reiteraron así que "no corresponde que este Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 6 responda o se expida respecto del pedido de aclaraciones o precisiones efectuado por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, por intermedio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en razón de tratarse de una prueba cuya producción quedó pendiente en la etapa instructoria".

Ante ello "deberá ser dicha judicatura quien le haga saber a la autoridad extranjera si ha cesado su interés en aquella por haber clausurado y elevado a juicio la presente causa, o si continúa su utilidad en el marco de los testimonios extraídos", concluyó la resolución.