La Sala III de la Cámara de Casación Federal rechazó hoy el recurso extraordinario que el ex ministro de Planificación Julio de Vido había presentado para llevar la causa a revisión de la Corte Suprema de Justicia.

Con esta decisión, a De Vido sólo le queda la posibilidad de ir “en queja” al máximo tribunal. Esas presentaciones no suelen ser tenidas en cuenta en líneas generales por la Corte, pero es un derecho que tienen los imputados.

De Vido fue condenado por el Tribunal Oral Federal 4 a cinco años y ocho meses de prisión por la Tragedia de Once al encontrarlo responsable del delito de administración fraudulenta como partícipe necesario. La condena incluyó una inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos.

En diciembre del año pasado, la misma sala que ahora le rechazó el recurso había confirmado la condena del tribunal. “Entendemos que la complicidad necesaria de De Vido en la maniobra defraudatoria llevada adelante por los responsables de la firma TBA ha quedado por demás verificada en el pronunciamiento que aquí se revisa”, habían marcado los jueces Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Gustavo Hornos.

De Vido fue excarcelado en marzo de 2020 y estaba en prisión domiciliaria desde diciembre de 2019. Ante este panorama, el Tribunal podría ordenar que comience a ejecutarse la condena aunque diversos juristas consideran que desde la entrada en vigencia de algunos artículos del nuevo Código Procesal Penal Federal, esa ejecución de la pena solo podrá activarse cuando se rechacen todos los recursos posibles.

Otros consideran que los artículos puestos en vigencia no impiden que se comience a ejecutar la pena sino que solo marcan que no está firme hasta que el último recurso sea rechazado.