La Sala II de la Cámara Federal revocó el procesamiento de Daniel Santoro en la causa "Traficante". El periodista había sido procesado por el juez Luis Rodríguez en abril por el delito de tentativa de extorsión. Sin embargo, Santoro seguirá como imputado ya que dos de los tres jueces dispusieron su falta de mérito y ordenaron una serie de medidas de prueba para profundizar la investigación.

“Revocar el procesamiento y embargo dictado respecto de Daniel Pedro Santoro y, en consecuencia, disponer la falta de mérito para procesar o sobreseer al nombrado (artículo 309 del Código Procesal Penal de la Nación), debiendo al Sr. Juez de grado proceder conforme lo indicado en los considerandos”, marca la resolución a la que tuvo acceso Data Clave. Eduardo Farah y Roberto Boico se inclinaron por esta opción mientras que Martín Irurzun se había inclinado por directamente desvincular del caso a Santoro.

La defensa del periodista había apelado la decisión del juez Rodriguez bajo una serie de cuestionamientos hacia lo que se había determinado en la causa y que involucra una serie de notas que firmó en Clarín.

“Resulta que lo hasta aquí incorporado al legajo no resulta suficiente de momento para afirmar - al menos con el grado de probabilidad que esta etapa del trámite exige - un actuar coordinado y concertado de Santoro con D ́Alessio y los otros participantes del hecho. Hay, como dije, conjeturas razonables que, desde un plano objetivo, respaldan las sospechas albergadas por el juez, pero que no satisfacen el estándar mínimo necesario que requiere un pronunciamiento", sostuvo el juez Boico en su voto.

En esa misma línea, el juez Farah señaló: “La información hasta ahora conocida no resulta a priori incompatible con la hipótesis de la defensa, según la cual la relación entre Santoro y D ́Alessio fue, únicamente, la de una fuente con un periodista que confió en la información que le brindaba. Pero restan investigarse aspectos centrales para corroborar o descartar tal hipótesis o la contraria. Y ello impide arribar a definiciones con sustento suficiente en este momento”.

El juez Irurzun quedó solo con su planteo ya que pretendía que se dictara el sobreseimiento de Santoro y que se destruyera todo el listado de llamadas entrantes y salientes del teléfono del periodista. “No es lógico ni aceptable que, a falta de pruebas objetivas de connivencia o acuerdo delictivo, la inferencia fundamental para sostener la responsabilidad de un periodista por el delito mencionado parta de evaluar y calificar el contenido de las notas por él publicadas -al extremo de rastrear en sus títulos, sus alusiones y sus adjetivos, alguna finalidad que para la acusación resultara coherente con su hipótesis del hecho-, por objetar el modo en que –supuestamente- se relacionó con su fuente y cómo –según el juzgador- corroboró los datos brindados por esta”, marcó Irurzun.

Ahora, el juez Rodriguez deberá profundizar la investigación en cuanto al rol de Santoro. Cabe destacar que el supuesto intento de extorsión al despachante de aduana Gabriel Traficante está siendo juzgado ahora mismo por un tribunal oral federal. En ese debate, la próxima semana se escucharán los alegatos donde el principal acusado es el falso abogado Marcelo D´Alessio.