El mega decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 que estableció una desregulación de la economía y una serie de medidas para reformar el estado con múltiples derogaciones leyes ingresó este viernes al Congreso.

Lo hizo al filo del cierre del plazo de los 10 días desde su publicación en Boletín Oficial por la mesa de entradas del Senado. Esto es porque la presidencia de la comisión Bicameral de Trámite Legislativo que debe analizarlo será presidida por un senador o senadora.

El presidente Javier Milei anunció el 20 de diciembre a través de la cadena oficial la firma del DNU que ahora deberá pasar por la comisión integrada por 16 legisladores, ocho diputados y ocho senadores, y deberán firmar dictamen aprobando o rechazando el contenido total del decreto sin poder tocar el contenido del articulado.

Ahora la pelota pasa al Congreso que debe terminar de conformar la comisión Bicameral. En el Senado ya se definió quienes están designados a ser parte del cuerpo, pero el tema está trabado en Diputados. De las ocho bancas que corresponde a la Cámara baja, Unión por la Patria reclama 4 lugares y el oficialismo considera que solo debe tener 3. 

Según fuentes parlamentarias, el bloque peronista no envió los nombres de los diputados elegidos aún. En un acuerdo hecho en el recinto de la Cámara baja, el reparto de bancas en las comisiones había sido apalabrado por sistema proporcional D'hont pero en La Libertad Avanza consideran que eso no alcanza a las comisiones bicamerales por ende, prima otro criterio de reparto “proporcional”. En esa discusión, con 38 diputados frente a los 102 de UxP, el oficialismo pretende quedarse con 2 bancas bajando a 3 al peronismo. Las negociaciones están estancadas. 

En el Senado, la vicepresidenta Victoria Villarruel, ante la ausencia de nombres de parte de UxP eligió conformar las comisiones sin el bloque opositor. A diferencia de los otros proyectos, en el DNU el paso del tiempo corre a favor de LLA y siempre que no se rechace el decreto sigue vigente. No hay apuro para conformar. Si la Bicameral no se reuniera en un plazo de diez días hábiles, el pleno de cada Cámara está habilitado a debatirlo y votarlo.