Un total de 109 vainas servidas de diez armas diferentes. Eso encontraron en el pasillo que separa la manzana 4 de la Villa Zavaleta y la 55 de la Villa 21-24. La balacera duró horas, pero ni Gendarmería ni Prefectura se acercaron. Ocho llamados al 911 quedaron registrados. Nadie frenó a los hombres que se disputaban una casilla que antes había servido como aguantadero para la venta de droga. Kevin Benega tenía nueve años y se escondió bajo una mesa cuando escuchó las balas. Una de ellas atravesó la ventana de vidrio y le dio en la cabeza. Nadie ayudó a Kevin tampoco: murió en el Hospital Penna, el lugar al que su mamá Roxana lo había llevado, luego de que sus hermanos lo vieran agonizar.

El asesinato de Kevin ocurrió el 7 de septiembre de 2013. Se abrieron varios expedientes pero los principales fueron tres. En 2015, se condenó a dos personas por la balacera pero esa sentencia se revirtió en 2018 en Casación y quedaron libres de culpa y cargo. Un año después de esa decisión, el prefecto Daniel Andrés Stofd fue condenado a pagar una multa de 12.500 pesos por no haber cumplido con su trabajo. En otras palabras, por haber liberado la zona. Ahora, a siete años de su homicidio, la sala 2 de la Cámara de Casación acaba de derribar la única condena que todavía había por el asesinato del nene y absolvió al hombre que había sido encontrado responsable de la muerte. 

Errores judiciales, fallas en la investigación, demoras. Todo se mezcla en las causas por la muerte de Kevin. En el fallo que firmó Casación Nacional esta semana (y al que tuvo acceso Data Clave), se critica muy fuerte al Tribunal Oral Criminal 9, el que dictó la condena a Lorenzo Sebastián Paredes Paredes a diez años y ocho meses de prisión. 

Quedó impune el asesinato de Kevin Benega, el nene de nueve años asesinado en Villa Zabaleta

Para los jueces que hicieron el debate, Paredes Paredes había participado del tiroteo que llevó al asesinato del niño. El hombre había sido allanado en su momento y en la casa se encontraron armas que coincidieron con algunas de las vainas halladas. Sin embargo, en ese procedimiento, el acusado dijo ser menor de edad. Ninguna de las fuerzas de seguridad lo chequeó y el hombre se fugó a Paraguay, donde estuvo más de dos años.

El Tribunal Oral había considerado que no era importante determinar de qué arma salió la bala que mató a Kevin porque marcó que el nene “murió como consecuencia del tiroteo que dos grupos de personas decidieron llevar adelante para resolver la posesión de una casilla con la voluntad de que una muerte pusiera fin al conflicto”. Resaltó, además, que el hombre participó de esta decisión: “su acción fue parte activa del enfrentamiento que concluyó con la muerte de Kevin Leonel Benega quien probablemente no fuera la víctima expresamente seleccionada pero fue la víctima útil para lograr el objetivo”.

Una vez que se resolvió la condena, la defensa de Paredes Paredes se quejó y llevó la discusión a la Cámara de Casación, que le dio la razón y anuló la condena, con un cuestionamiento muy fuerte al tribunal oral. El juez Daniel Morín consideró que los jueces que hicieron el juicio violaron el principio de congruencia.

¿Qué significa esto? Que condenaron a Paredes-Paredes por fuera de lo que habían marcado como objetivo la fiscalía y la querella. Dijo que la imputación contra el hombre era por el intento de homicidio de los dos implicados en la balacera (los que también fueron absueltos pero por la sala 1) y no por el asesinato del nene. Marcó, además, que se probó que Paredes-Paredes estaba “del lado” de la casa de Kevin, por lo que no pudo ser el que disparó la bala que terminó con su vida.

“No caben dudas de que lo más lamentable del evento ocurrido en el pasillo que separa las manzanas 4 de la Villa Zavaleta y 55 de la Villa 21­24 fue la muerte del menor Kevin Leonel Benega y que hechos de esta naturaleza conmueven a toda la sociedad. Esta circunstancia no puede habilitar, empero, el dictado de una condena a cualquier costo”, marco Morín.

La causa fue de tanto debate que no intervinieron los habituales tres jueces que integran las salas sino que hubo que consultar a otros dos más. Es decir, cinco magistrados resolvieron la cuestión, cuando lo habitual es que se resuelva por tres votos (o incluso, cuando hay acuerdo, por dos). ¿Qué pasó entonces con Paredes-Paredes? Con los votos de Morin, Horacio Dias y Mario Magariños anularon la sentencia. Los dos primeros estuvieron de acuerdo en que eso significa la absolución del implicado. Sin embargo, re-enviaron algo de lo que quedó en la causa a la secretaría de sorteos para que otro tribunal defina si prescribió la acusación por tenencia de armas y se defina si el hombre debe ser dejado en libertad.

Siete años después, esta situación evidencia el nulo acceso que tienen a la verdad y a la justicia los sectores más desprotegidos por el Estado. A Kevin lo mató la balacera que efectuaron dos bandas, si, pero también el ninguneo de las fuerzas de seguridad a los vecinos que pidieron ayuda. Su muerte quedó impune por los errores increíbles e imperdonables que cometieron esas mismas fuerzas y también ciertos actores del sistema judicial.