Con un escrito de 90 páginas, el abogado de Marcelo Villegas, ex ministro de Trabajo bonaerense durante la gestión de María Eugenia Vidal, apeló el procesamiento dictado por el juez federal de La Plata Ernesto Kreplak en el marco de la causa que investiga a los ex funcionarios de Cambiemos que participaron de una reunión en el Banco Provincia, en 2017, donde se habló de las causas judiciales vinculadas al sindicalista de la UOCRA Juan Pablo “Pata” Medina

En el texto, el abogado del imputado, Marcelo Rochetti, rechazó el "manifiesto intento de convertir actos propios de la gestión política y administrativas en forzados ilícitos penales, sin prueba concreta ni indiciaria ni fundamentos específicos relativos a la estricta participación en los hechos de autos", a pesar de lo cual "dicta su procesamiento, partiendo de una imputación antojadiza, que omite toda referencia al dolo y a la autoría que requieren los tipos penales indicados y que, indefectiblemente, debe tener por acreditado para dictar un auto de mérito".

Rochetti afirma en el escrito que el juez "en forma absolutamente autocontradictoria, tiene por acreditada la presunta responsabilidad de Villegas y no formula denuncia sobre los supuestos autores a los que habría prestado colaboración necesaria y, al mismo tiempo, en el mismo auto, dedica un apartado especial a la necesaria Continuación de la investigación donde reconoce que resulta imprescindible profundizar la pesquisa respecto de los titulares de la AFI y de los magistrados a los que se alude en el auto en crisis".

El planteo defensivo sostiene la "absoluta ajenidad" de Villegas "a cualquier participación en tareas de inteligencia ilegal o en prevaricato alguno". El documento afirma categóricamente que el ex funcionario vidalista "no realizó tareas de inteligencia ni prestó colaboración alguna, menos aún realizó algún aporte a la comisión de un prevaricato".

Sobre el final, Rochetti pidió que se revoque el procesamiento de su defendido y "se dicte su sobreseimiento o, en su defecto, la falta de mérito de mi asistido hasta que se complemente la colección de las probanzas ordenadas en el auto impugnado y pendientes de producción en autos".