La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 31 de mayo el plazo para registrar los contratos de alquiler de inmuebles que se celebraron entre el 1° de julio de 2020 y el 15 de mayo de 2021.

A principios de este año, agencia estatal reglamentó este régimen de registración de contratos de locación de Inmuebles previsto en la Ley 27.551. Tanto los locadores o arrendadores que figuren en el documento quedan obligados a registrar la operación.

En tanto, los contratos que se realicen después de esa fecha deberán ser registrados en el sitio web de la AFIP, con una fecha límite de 15 días corridos posterior a la formalización.

Por otro lado, las locaciones de espacios o superficies dentro de bienes inmuebles, como locales comerciales o “stands” en supermercados, los acuerdos que se hayan firmado entre el 1° de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021 podrán registrarse hasta el 15 de julio.