Un nuevo conflicto se avecina entre el campo y el Gobierno, luego de que la Sociedad Rural Argentina (SRA) junto con la Sociedad Rural de Jesús María presentaran una acción de amparo contra las retenciones a las exportaciones. La causa ingresó a la Justicia Federal de Córdoba.

La medida fue anunciada por el presidente de la entidad, Nicolás Pino, quien dijo que las retenciones “son inconstitucionales”, y añadió: “Para que exista un tributo tiene que haber una ley”.

El pasado 31 de diciembre venció el plazo fijado en el artículo 52 de la ley de Emergencia Pública que permitía al Ejecutivo fijar derechos de exportación. Ante el vencimiento de ese plazo, el Gobierno incluyó en el proyecto de ley de presupuesto una prórroga por dos años de esa facultad, pero ese proyecto fue rechazado en el Congreso.

La SRA amenaza plan del Gobierno y apunta judicialmente contra las retenciones

De este modo, la Sociedad Rural consideró planteó que ante la finalización del plazo en el que Poder Ejecutivo podía cobrar las retenciones y ante la no sanción del presupuesto, “la percepción de derechos de exportación más allá del 31 de diciembre, sin que el Congreso haya prorrogado las facultades delegadas del artículo 52 de la Ley 27.541, se encuentra viciada de nulidad absoluta e insanable, y es manifiestamente inconstitucional”.

El productor agropecuario señaló que “se pretende que esta discusión se dé en el Congreso porque hoy el cobro no tiene sustento” y que luego quedará para el Poder Legislativo establecer “cuál puede ser el mejor sistema tributario”.

Otras entidades del país analizan presentaciones similares, lo que podría afectar gravemente las arcas de la Nación. Es que en 2021 las cadenas agroindustriales aportaron en materia tributaria unos $ 2,8 billones al Estado Nacional, equivalentes al 23,5% de los recursos tributarios del Estado.

“La gravedad de la situación actual exige de parte de todas las autoridades de la Nación una inmediata atención. En primer lugar, el Poder Ejecutivo y los órganos que de él dependen, no puede continuar exigiendo el pago de un tributo sin que una ley lo habilite; ejercer una competencia tributaria en esas condiciones constituye una imposición ilegítima, inaceptable en un estado de derecho”, señalaron desde la entidad.