La Secretaría de Comercio Interior imputó a las empresas Edesur y Edenor por no brindar información detallada respecto de los cargos del servicio en las facturas y por no proveer respuestas suficientes y detalladas ante los reclamos de los usuarios.  

La imputación, que implica la apertura de un expediente de oficio, surge de una investigación que realizaron Comercio Interior y el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE).

A partir de los reclamos ingresados por los consumidores a través de la Ventanilla Única Federal de Defensa del Consumidor, se identificaron maniobras reiteradas y sistemáticas por parte de las compañías eléctricas que configurarían presuntas infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240).

Entre las prácticas denunciadas, los consumidores manifestaron que, al solicitar la verificación del medidor, luego de recibir facturas con aumentos significativos, las empresas no brindaron respuesta alguna.

En otros casos, consigna el informe oficial, las compañías se limitaban a afirmar que la facturación era correcta sin informar sobre las impugnaciones realizadas. Y también, que los incrementos de facturación respondían al recupero de energía que no habría sido oportunamente registrado.

Según la investigación de Comercio Interior, la ausencia de información suficiente y detallada sería la estrategia elegida por parte de las empresas eléctricas ante los pedidos de revisión de los consumidores por la recepción de facturas con importes notoriamente superiores a los abonados habitualmente.

Asimismo, otro foco bajo investigación sobre las empresas es el hecho de no haber brindado la información correspondiente respecto a la realización de las verificaciones de medidores que dicen haber llevado a cabo como fundamento para perseguir el recupero de energía no facturada.

Las empresas fueron imputadas al detectarse una presunta infracción a los artículos 4, 8 bis, 19 y 29 de la Ley de Defensa del Consumidor, un incumplimiento con el deber de información y de respuesta a los reclamos en el plazo establecido en la norma y porque, aun cuando respondieron, la información suministrada resultó insuficiente.

Tras la imputación, Edesur y Edenor cuentan con un plazo de 5 días hábiles para realizar el correspondiente descargo y son pasibles de multas que pueden llegar hasta los $5.000.000.