El gobierno nacional promulgó hoy la ley que modifica el impuesto a los Bienes Personales votada en las últimas horas por el Congreso. De esta manera, a partir del 1 de enero el mínimo no imponible pasará de 2 a 6 millones de pesos y se incrementarán las alícuotas del tributo para los contribuyentes que sumen más de 100 y 300 millones de pesos.

Vale recordar que el gobierno debía promulgar la ley antes del 2022 para entre en vigencia en el período fiscal del año que viene.

Por la implementación de estas modificaciones, 131 mil contribuyentes dejarán de pagar el tributo, explicó el ministro de Economía, Martín Guzmán, quien consideró que se trata de una "medida equitativa que mejora el sistema tributario argentino".

La ley promulgada también prevé que la actualización de los montos que definen el piso de aplicación del impuesto se hará "anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que suministre el Instituto de Estadística y Censos, correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año anterior".

Con la llegada del nuevo año, la AFIP puso en marcha la nueva tabla de alícuotas y deducciones, entre las que se encuentra el mínimo no imponible de $225.937 brutos. Además, hay cambios en Bienes Personales.

Desde mañana, los salarios de menos de $225.937 brutos (unos $187.000 de bolsillo o netos) no pagarán el Impuesto a las Ganancias. A su vez, los salarios mensuales de entre $225.937 y $260.580 brutos pagaran menos impuesto.

El nuevo piso desde el que se paga Ganancias surge de actualización anual y toma el mínimo de $150.000, a partir del índice salarial RIPTE, que alcanzó el 50,62%.

También quedan eximidos de Ganancias el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) para los trabajadores cuya remuneración promedio mensual del primer semestre de 2022 no supere los $225.937.

En cuanto al incremento de las alícuotas la norma establece que la alícuota para activos máximos pasa del 1,25% a 1,5% en los casos cuyos bienes sean iguales o superiores a los $100 millones de pesos y de 1,25% a 1,75% para tenencias superiores a los 300 millones de pesos.

La norma también modifica las alícuotas para los bienes declarados que se encuentren en el exterior, con porcentajes que van del 0,70 % al 2,25 %. Para evitar este incremento, los contribuyentes pueden “repatriar” una parte de sus fondos. Se delega en el Poder Ejecutivo la posibilidad de disponer la baja de las alícuotas cuando se realice la repatriación de activos financieros ubicados en el exterior.

La promulgación de la ley se da horas después de la presentación en la Justicia que realizó Juntos por el Cambio para denunciar supuestas irregularidades en el quórum obtenido el miércoles por el oficialismo y que le permitió sancionar el proyecto de ley que aumenta el mínimo no imponible de Bienes Personales.