La Corte Suprema analiza por estas horas la situación de los nuevos representantes del estamento político del Consejo de la Magistratura, ya que debe definir si avanza con la jura -o no- del senador del Frente de Todos Martín Doñate y de la diputada de la UCR Roxana Reyes, para completar los 20 miembros.

Mientras tanto, el Juzgado en Contencioso Administrativo Federal 9, a cargo de Pablo Cayssials, recibió el informe del Senado, en el cual la Directora General de Asuntos Jurídicos, Graciana Peñafort, solicitó que se rechace la cautelar del senador del PRO Luis Juez, quién asegura que es él quien debe asumir ese cargo y que el nombramiento de Doñate debe ser declarado nulo.

Cabe recordar que el Bloque Frente Pro quería nombrar como segunda minoría al senador Juez, para dar cumplimiento a la sentencia del Máximo Tribunal sobre la integración del órgano encargado de la sanción y selección de magistrados. Sin embargo, la llegada de Juez al Consejo se vio truncada por la decisión del Frente de Todos de romper el bloque y dividirlo en dos, Unidad Ciudadana y Frente Nacional y Popular, para aprovechar el juego de las minorías y sus representaciones. Es así como el oficialismo designó a Doñate en representación del Senado.

Peñafort, sin embargo, sostuvo que se trata de "una cuestión política o si se quiere de carácter institucional, de ordinario, detraídas del control del Poder Judicial". También argumentó que la vicepresidente Cristina Kirchner, en su rol de titular del Senado, actuó dentro de las competencias y facultades al comunicar su designación.

Sobre la unificación y/o separación de los bloques parlamentarios, la Directora General de Asuntos Jurídicos manifestó que la única regla es la que surge del artículo 55 del Reglamento de la Cámara Alta, siendo "el único límite para su conformación que se trate de dos o más senadores, pudiendo organizarse según su afinidad política, elemento subjetivo puesto en cabeza de los mismos".

"Los bloques parlamentarios no tienen una dependencia orgánica respecto de los partidos políticos que determinan esa comunidad ideológica, pueden formar parte de un mismo Bloque Senadores o Senadoras que, teniendo afinidad política, no estén afiliados al partido pertinente y hasta podría darse el caso de afiliados a partidos políticos distintos que integren un mismo Bloque en el entendimiento de esa afinidad".

Y continuó: "Ello importa a que la dinámica y funcionamiento de los bloques políticos responde a la convicción de los Senadores y las Senadoras, no pudiendo atarse el mismo a un plazo de presentación o vigencia que normativamente, no existe".

La presentación judicial también advirtió que es "normal" el constante movimiento de los Senadores y las Senadoras de un bloque a otro, y señaló que los bloques de la oposición se unieron en Juntos por el Cambio desde 2015, cuando los Bloques Unión Cívica Radical y Frente PRO "decidieron organizarse bajo estas figuras que les eran funcionales políticamente para distintos fines".